Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1491/23
Coronel Pringles, 28/09/2023
Visto
el Expediente N° 0642/23, iniciado por la Directora de Acción Social, Sra. Natalia Pereyra; y
Considerando
Que mediante el mismo a fs. 129 solicita se arbitren los medios para la contratación del Servicio de Transporte para el Hogar Convivencial, (de las y los niños y adolescentes con medida de abrigo judicial alojados en el lugar), con el fin de garantizar la concurrencia a los establecimientos escolares y otras actividades que desarrollan a lo largo del día, garantizando la restitución de derechos vulnerados que los llevaron a su institucionalidad, como educación, salud y esparcimiento, desde el 1 de octubre/23 al 31 de diciembre/23;
Que por lo expuesto se llama a Concurso de Precios N° 51/23 “Contratación de Servicio de Transporte para Hogar Convivencial”, con un Presupuesto Oficial de $1.500.000,00, fijando el día 06 de octubre de 2023 la apertura de propuestas a la hora 11,00, en la Oficina de Compras de la Municipalidad;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones del Concurso de Precios N° 51/23 “Contratación de Servicio de Transporte para Hogar Convivencial”, con un Presupuesto Oficial de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($1.500.000,00).
ARTICULO 2: Llámese a Concurso de Precios N° 51/23 “Contratación de Servicio de Transporte para Hogar Convivencial”, con un Presupuesto Oficial de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($1.500.000,00) con el fin de garantizar la concurrencia a los establecimientos escolares y otras actividades que desarrollan a lo largo del día, de las y los niños y adolescentes con medida de abrigo judicial alojados en el lugar, garantizando la restitución de derechos vulnerados que los llevaron a su institucionalidad, como educación, salud y esparcimiento, desde el 1 de octubre/23 al 31 de diciembre/23, fijando el día 06 de octubre de 2023 la apertura de propuestas a la hora 11,00, en la Oficina de Compras de la Municipalidad.
ARTICULO 3°: El gasto antes mencionado se atenderá por Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo”, Categoría Programática 27.00.00 “Becas Hogar Convivencial”, Partida 3.5.1.0. “Transporte”, Fuente de Financiamiento 132, “De Origen Provincial”. Recurso 17.5.01.35. “Becas Hogar Convivencial”.
ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL Nº 1.491/23.