Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1482/23
Coronel Pringles, 26/09/2023
Visto
el Expediente N° 2.257/21 – Alcance I, iniciado por el Coordinador de Educación y Juventud, Sr. Tonelli Ignacio; y
Considerando
Que mediante el mismo solicita adenda del contrato de la Srita. Puga Valentina Paz, DNI 42.430.366, para los meses de octubre y diciembre de 2023, en virtud de la actualización de los montos realizados por el organismo que financia el programa, por un monto de $57.400,00 para cada mes;
Que a fs. 96 solicita ampliar el período de contratación de la profesional, integrante del Equipo Técnico del “Programa de Responsabilidad Compartida Envión”, en el marco de la Ordenanza Municipal Nº 4.727/21, cuyo objetivo es a través de los profesionales a cargo de recuperar la trayectoria de jóvenes, acompañarlos en su formación educativa y de salud, generando y fortaleciendo sus herramientas para el futuro desempeño laboral además de introducir un espacio lúdico y recreativo, desde el 01/10/23 al 31/12/23, abonándosele la suma mensual de $57.400.00;
Que el Ministerio provee los fondos para el sostenimiento de los profesionales, técnicos y trabajadores de redes sociales del Programa desarrollado en el Municipio;
Que lo expuesto se basa en lo normado en el artículo 148° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por no contar el área con el personal necesario;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Dirección de Acción Social, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.
ARTICULO 2°: Amplíese el período de contratación de la profesional Valentina Paz PUGA, D.N.I N° 42.430.366, para desempeñar tareas en el área de Educación y Juventud, en el marco del “Programa de Responsabilidad Compartida Envión”, autorizado por Ordenanza Municipal Nº 4.727/21, desde el 01/10/23 al 31/12/23 abonándosele la suma mensual de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS ($57.400,00).
ARTICULO 3°: El gasto mencionado en el artículo 2° se atenderá por Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo”, Categoría Programática 24.00.00 “Programa Envión”, Partida 3.4.9.0 “Otros”, Fuente de Financiamiento 132 – “De Origen Provincial”.
ARTICULO 4°: Ordénese a la Mesa General de Entradas a recaratular el Expediente Nº 2.257/21-01, donde dice “MOTIVO: SOL. AUT. PARA CELEBRAR CONTRATO” deberá decir “PUGA Valentina Paz”.
ARTICULO 5°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.482/23.