Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1458/23
Coronel Pringles, 22/09/2023
Visto
el Expedientes N° 1.896/23, iniciado por la Ing. Agrimensora Noelia Sali, Directora de Catastro, Tierra y Vivienda; y
Considerando
Que mediante el mismo y lo normado en la Ordenanza N° 4.824/22 solicita se proceda a la venta del terreno cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción XIII, Sección A, Manzana 86, Parcela 1b, de 12.50 m de frente por 25.00 m de fondo, Superficie de 312.50 m2, cuyo precio base fue determinado a través del informe de la Tasación N° 26128/23 de fecha 08/09/2023, realizado por el Departamento de Tasaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires, sumado los gastos por dicho servicio;
Que por todo lo expuesto se llama a Licitación Pública N° 23/23 para la “Venta de Terreno Parcela 1B – 3er llamado”, con un Presupuesto Oficial de $5.000.000,00, fijando el día 25 de octubre de 2023 la apertura de propuestas, a la hora 11,00 en la Oficina de Compras de la Municipalidad;
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 23/23 para la “Venta de Terreno 1B - 3er llamado”, con un Presupuesto Oficial de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000,00).
ARTICULO 2°: Llámese a Licitación Pública N° 23/23 para la “Venta de Terreno 1B – 3er llamado”, con un Presupuesto Oficial de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000.00) Nomenclatura Catastral Circunscripción XIII, Sección A, Manzana 86, Parcela 1B, de 12.50 m de frente por 25.00 m de fondo, Superficie de 312.50 m2, cuyo precio base fue determinado a través del informe de la Tasación N° 26128/23 de fecha 08/09/2023, realizado por el Departamento de Tasaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires, sumado los gastos por dicho servicio –Ordenanza N° 4.824/22-, fijando el día 25 de octubre de 2023 la apertura de propuestas, a la hora 11,00 en la Oficina de Compras de la Municipalidad.
ARTICULO 3°: Fíjese en la suma de PESOS QUINIENTOS ($500,00) el valor del Pliego de Bases y Condiciones Licitación Pública N° 23/23 para la “Venta de Terreno Parcela 13-A-86-1B”.
ARTICULO 4°: La percepción de la garantía de mantenimiento de la propuesta, en efectivo, se depositará en la Oficina de Recaudación ingresando a la Cuenta de Terceros “Retención Fondo de Garantía” y Títulos nacionales, provinciales, pólizas de seguro de caución, fianzas o aval bancario quedarán a resguardo de la Tesorería, hasta el acto de devolución pertinente.
ARTICULO 5°: Los ingresos que genere la venta de los terrenos fiscales de acuerdo a lo normado en la Ordenanza Nº 4824/22, se dividirán de la siguiente manera: 1. Un 82% (ochenta y dos por ciento) se destinará al Recurso 21.1.01.02 “Infraestructura Urbana”, Jurisdicción 1110119000 “Jefatura de Gabinete”, Fuente de Financiamiento 131 “De Origen Municipal. 2. Un 15% (quince por ciento) se destinará al Recurso 21.1.01.03 “Programa Municipal Banco de Tierras”, Jurisdicción 1110119000 “Jefatura de Gabinete”, Fuente de Financiamiento 131 – “De Origen Municipal”. 3. Un 3% (tres por ciento) se destinará al Recurso 21.1.01.04 “Regularización Dominial de Terrenos Fiscales”, Jurisdicción 1110119000 “Jefatura de Gabinete”, Fuente de Financiamiento 131 – “De Origen Municipal. Dicha división de ingresos de dinero se detalla en el Artículo Nº 3° de la citada Ordenanza.
ARTICULO 6°: Los gastos que surjan de la recaudación de cada venta de terrenos fiscales serán imputados de la siguiente manera: el 82% a Categoría Programática 25.79.00 “Infraestructura Urbana”, Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Partida 4.2.2.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Público”, Fuente de Financiamiento 131 – “De Origen Municipal”; el 15 % a Categoría Programática 18.03.00 “Programa Municipal Banco de Tierras”, Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y
Servicios Públicos”, Partida según corresponda imputar el gasto, Fuente de Financiamiento 131 – “De Origen Municipal” y el 3% restante a Categoría Programática 18.04.00 “Regulación Dominial, Ordenanza N° 4.824/22”, Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos”, Partida 3.8.9.0 “Impuestos, Derechos y Tasas – Otros”, Fuente de Financiamiento 131 – “De Origen Municipal”. Al valor base se agrega la suma de $16.287,88 en concepto de gastos por tasación.
ARTICULO 7°: Cúmplase, Comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.458/23.