Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1449/23
Coronel Pringles, 21/09/2023
Visto
el Expedientes N° 2.078/23 iniciado por la Directora del Hospital Municipal Dra. Yuli Carolina; y
Considerando
Que solicita la contratación mediante Locación de Obra de la profesional Dra. Traverso Ana María, Especialista en Pediatría, para desempeñar tareas en dicha área en el Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”, con una carga horaria de 16 horas, del 01/10/23 y hasta el 31/12/23, abonándosele la suma mensual de $176.628,39;
Que atento a la declaración de incompetencia suscripta por la Directora de dicho nosocomio, se consideran las contrataciones solicitadas en el marco del artículo 148º de la L.O.M., atento no contar con las especialidades objeto del presente en el Hospital Municipal
Que no existe inconveniente en acceder a lo requerido;
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Secretaría de Salud, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.
ARTICULO 2°: Autorícese la contratación mediante Locación de Obra de la Dra. TRAVERSO Ana María, DNI 22.681.556, Especialista en Pediatría, para desempeñarse en el Servicio de Pediatría del Hospital Municipal “Manuel B. Cabrera”, con una carga horaria de 16 horas diarias, a partir del 01/10/23 y hasta el 31/12/23, abonándosele la suma mensual de PESOS CIENTO SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTIOCHO CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS ($176.628,39).
ARTICULO 3°: Lo dispuesto en el artículo 2° se atenderá por Jurisdicción 1110122000 “Secretaría Salud” - Categoría Programática 18.00.00 “Unidades con Internación” - Partida 3.4.2.0. “Médicos y Sanitarios” - Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”.
ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.449/23.