Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1444/23

Decreto Nº 1444/23

Coronel Pringles, 20/09/2023

Visto

el Expediente Nº 1.206/18, iniciado por el Sr. ARDURA Omar Ariel, y;  

Considerando

Que mediante el mismo solicita la habilitación de la Combi dominio AC574XZ, la cual reúne los requisitos establecidos en la Ordenanza Municipal Nº 4.263/2016;

Que sin perjuicio de ello será exclusiva responsabilidad de su titular el mantenimiento de la contratación de los seguros de responsabilidad civil, de personas transportadas y de ART de los choferes, como asimismo el cumplimiento de la Verificación Técnica Vehicular y demás leyes y reglamentaciones en la materia de tránsito y seguridad, sean de origen Provincial o Nacional, bajo pena de cancelación de la habilitación;

Que dicha habilitación no podrá exceder del plazo de un (1) año desde el otorgamiento de la misma, pudiendo a su vencimiento solicitar la renovación o prórroga de la misma, siempre y cuando se acredite fehacientemente el cumplimiento de los requisitos correspondientes;

Que la misma se otorga para circular dentro del casco urbano del Partido de Coronel Pringles;

         Por ello, en uso de las facultades que le son propias;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Habilítese el MIDIBUS marca MERCEDES BENZ, modelo SPRINTER 515 CDI-C 4325 TE, Tipo MIDIBUS, Modelo 2018, Dominio AC574XZ, Motor Nº 651955W0076923, Chasis Nº 8AC906657JE148812, propiedad del Sr. ARDURA Omar Ariel, D.N.I. 28.949.194, en el marco de la Ordenanza Nº 4.263/2016, por el término de 1 (un) año, para circular dentro del casco urbano del Partido de Coronel Pringles previo pago de la Tasa Municipal.

ARTICULO 2°: Será exclusiva responsabilidad de sus titulares el mantenimiento de la contratación de los seguros de responsabilidad civil, de personas transportadas y de la ART de los choferes, como asimismo el cumplimiento de la verificación técnica vehicular y demás leyes y reglamentaciones en la materia de tránsito y seguridad, sean de origen provincial o nacional, bajo pena de cancelación de la habilitación.

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL Nº 1.444/23.