Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1438/23

Decreto Nº 1438/23

Coronel Pringles, 18/09/2023

Visto

el Expediente Nº 2.094/23, iniciado por el Sr. Moreno Juan; y

Considerando

Que mediante el mismo solicita renovación de licencia de conducir a pesar de no ser una persona completamente alfabetizada;

Que el Sr. Moreno no requiere a través del pedido de autos la expedición primaria de licencia de conducir, sino simplemente su renovación;

Que el peticionante no posee infracciones de tránsito con sentencia firme, cuestión  que se puede respaldar con la consulta –al día de la fecha- en el sitio web oficial de la Provincia de Buenos Aires https://infraccionesba.gba.gob.ar/consulta-infraccion (“Estado: Ni Emitida”) respecto del DNI 8.397.330;

Que el Sr. Moreno afirma reconocer y entender todos los signos y símbolos de tránsito, cosa que resulta verosímil debido al hecho de tener que haber rendido el examen de conducir para obtener la licencia primigenia;

Que a las consideraciones expuestas hay que agregar que una respuesta negativa a la solicitud de autos resulta equivalente no solo a la supresión del ejercicio de un derecho que el ciudadano ya ha ejercido con anterioridad, sino que además implica restringir y/o dar complejidad a un sinnúmero de actividades que se desarrollan con el ejercicio previo de la conducción automotor, como ser: concurrir a centros de salud, asistir a familiares, abastecerse de alimentos, etc.;

Que para más la jurisprudencia aplicable al caso tiene resueltas situaciones como la de autos en sentido favorable a la expedición de la licencia de conducir, así la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Mar Del Plata (Órgano Judicial de Alzada respecto a este Departamento Judicial) en autos “Parraquini Hugo Servando C/ Municipalidad de Adolfo González Chavez S/Acción de Amparo”;

Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

 

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Autorícese la continuidad de los trámites tendientes a la renovación de la Licencia de Conducir al Sr. MORENO JUAN, D.N.I. 8.397.330.

ARTICULO 2°: El Sr. MORENO JUAN, deberá gestionar su inscripción en la matrícula del Centro de Educación de Adultos y transitar el ciclo pertinente para su alfabetización.

ARTICULO 3°: Notifíquese al interesado de todo lo actuado en el presente.

ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 1.438/23.