Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1423/23
Coronel Pringles, 13/09/2023
Visto
el Expediente N° 1.253/23 iniciado por el Director de Deportes Sebastián Querejeta; y
Considerando
Que mediante el mismo informa sobre la realización de la final Provincial de los “Juegos Bonaerenses”, a llevarse a cabo del 15 al 20 de septiembre de 2023 en la ciudad de Mar del Plata;
Que mediante los Decretos N° 1.297/23 y 1.343/23 se autorizó la contratación de Alldream S.R.L. por los servicios de alojamiento y comida, abonándosele el valor correspondiente por 120 plazas;
Que a fs. 44 el Director de Deportes informa que, finalizada la etapa regional en Cultura y Deportes, la delegación total estará conformada por 248 pasajeros, por lo que resulta necesario realizar la contratación correspondiente con la Empresa Alldream S.R.L. por las 128 plazas restantes;
Que la Provincia de Buenos Aires envía para financiar los Juegos Bonaerenses 2023, la suma de $23.577.200,00;
Que la contaduría Municipal a fs. 53 manifiesta que se atienden los gastos antes citados;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Contrátese en forma directa a la Empresa ALLDREAM S.R.L. CUIT 30-70905794-0, por la suma de PESOS QUINCE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL ($15.280.000,00), para cubrir los gastos de hospedaje y comida de 128 participantes, con el fin de que la Delegación de Coronel Pringles participe en la final de los Juegos Bonaerenses 2023 en sus distintas disciplinas, en el marco del Artículo 156 inciso 10 de la LOM.
ARTICULO 2°: Autorícese la Modificación Presupuestaria aumentando el cálculo de Recursos en el rubro 17.5.01.01 “Torneos Bonaerenses”, Jurisdicción 1110119000 “Jefatura de Gabinete”, Fuente de Financiamiento 132- de Origen Provincial, por un importe de PESOS VEINTITRÉS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS ($23.577.200,00); y aumentando en el Presupuesto de Gastos la Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo”, Categoría Programática 26.00.00 “Torneos Bonaerenses”, Fuente de Financiamiento 132- de Origen Provincial, por el mismo importe dividiéndose un monto de PESOS VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA MIL ($20.460.000,00) en Partida 3.4.7.0 “Servicio de Hotelería”, y TRES MILLONES CIENTO DIECISIETE MIL DOSCIENTOS ($3.117.200,00) en Partida 3.5.1.0 “Transporte”.
ARTICULO 3°: Lo dispuesto en los Artículos 1° y 2° se imputará a la Jurisdicción 1110124000 Secretaría de Desarrollo”, Categoría Programática 26.00.00 “Torneos Bonaerenses”, Partida 3.4.7.0 “Servicios de Hotelería” o Partida 3.5.1.0 “Transporte”, según corresponda el gasto, Fuente de Financiamiento 132- “De Origen Provincial”. El Recurso con el que se afrontarán los gastos anteriormente informados, será con Fondos de Torneos Bonaerenses que mande la Provincia de Buenos Aires específicamente como cobertura de la realización de dicho evento, y el saldo restante que falte cubrir, será con Fondo Educativo.
Recursos: Torneos Bonaerenses 17.5.01.01 y Fondo Educativo 17.5.01.23. El destino del Fondo Educativo para solventar una parte de los Torneos Bonaerenses, se justifica mediante Doctrina del HTC “26443 D.C. FONDO EDUCATIVO (DESTINO)”.
ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.423/23.