Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1422/23
Coronel Pringles, 13/09/2023
Visto
y
Considerando
la nota elevada por el Consejo Escolar local mediante la cual solicita se le otorgue un subsidio para aplicar a las erogaciones que le ocasiona a las Entidades Escolares el mantenimiento y funcionamiento de los edificios; en uso de las facultades que le son propias;
En uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Otórguese al Consejo Escolar local un subsidio con cargo de rendición de cuentas, por la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTISÉIS MIL ($226.000,00) para solventar los gastos que ocasionen los trabajos a realizarse en la EP N° 6.
ARTICULO 2°: Otórguese al Consejo Escolar local un subsidio con cargo de rendición de cuentas, por la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO ($399.475,00) para solventar los gastos que ocasionen los trabajos a realizarse en la EEE N° 502.
ARTICULO 3°: Otórguese al Consejo Escolar local un subsidio con cargo de rendición de cuentas, por la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL ($298.000,00) para solventar los gastos que ocasionen los trabajos a realizarse en la EP N° 6.
ARTICULO 4°: Otórguese al Consejo Escolar local un subsidio con cargo de rendición de cuentas, por la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($300.000,00) para solventar los gastos que ocasionen los trabajos a realizarse en la EEST N° 1.
ARTICULO 5°: Otórguese al Consejo Escolar local un subsidio con cargo de rendición de cuentas, por la suma de PESOS TRESCIENTOS DIEZ MIL ($310.000,00) para solventar los gastos que ocasione la realización de un viaje de estudio de alumnos de la ESEA N° 1, a la localidad de Coronel Dorrego para participar del Primer Encuentro de Artística de la Región 21.
ARTICULO 6°: Lo dispuesto en los artículos precedentes se atenderá por Jurisdicción 1110118000 “Secretaría de Gobierno y Seguridad” – Categoría Programática 29.00.0 “Fondo Educativo” – Partida 5.3.7.0 “Transferencia a Entes de Gobiernos Provinciales” – Fuente de Financiamiento 132 “De Origen Provincial”.
ARTICULO 7°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.422/23.