Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1415/23
Coronel Pringles, 12/09/2023
Visto
el Expediente Nº 0890/23 – Cuerpo IV, iniciado por la Directora de Obras e Infraestructura, Arq. María Belén Lucarelli; y
Considerando
Que con fecha 05/09/23 se informa que en virtud de los ingresos aportados por IVBA para las Certificaciones del Programa Bonaerense II 36 Viviendas, actualizados con UVI, se solicita Ampliación Presupuestaria para realizar el pago de a la Empresa contratada “Gaetano Ingeniería S.R.L.”;
Que las actualizaciones por UVI que se realizan mediante el presente son las que corresponden al anticipo financiero, por un monto $42.618.804,19;
Que por lo expuesto es necesario realizar la pertinente modificación presupuestaria ampliando el Cálculo de Recursos e incrementando el Presupuesto;
Que así, mismo la empresa contratada deberá realizar la ampliación correspondiente del seguro que garantiza dicho anticipo, el monto señalado;
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Autorícese la Modificación Presupuestaria pertinente, reconociendo las actualizaciones por UVI correspondientes al Anticipo Financiero del Programa Bonaerense II, 36 viviendas (Licitación Publica 18/23) incrementando el Cálculo del Recurso 22.5.01.12 “Construcción 36 Viviendas IVBA” Jurisdicción 1110119000 “JEFATURA DE GABINETE” en la suma de PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS CUATRO CON DIECINUEVE CENTAVOS ($42.618.804,19), incrementando en el mismo importe el Presupuesto de Gastos en Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos” – Categoría Programática 25.56.00 “Construcción 36 Viviendas IVBA”, Partida 4.2.1.0 “Construcciones en Bienes de Domino Privado”, Fuente de Financiamiento 132 – “de Origen Provincial”.
ARTICULO 2°: El proveedor “Gaetano Ingeniería S.R.L.” deberá presentar una ampliación de la cobertura del seguro en garantía del “Anticipo Financiero” que cubra el monto actualizado por UVI, aumentando la suma de PESOS en CUARENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS CUATRO CON DIECINUEVE CENTAVOS ($42.618.804,19).
ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.415/23.