Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1361/23
Coronel Pringles, 31/08/2023
Visto
el Expediente N° 0471/23, iniciado por la Directora de Acción Social, Sra. Pereyra Natalia; y
Considerando
Que mediante el mismo solicita la contratación de la profesional Luna Brenda Jaqueline, para integrar el Equipo Técnico del “Programa de Responsabilidad Compartida Envión”, autorizado por Ordenanza Municipal Nº 4.727/21, a partir del 01/09/23 y hasta el 30/11/23, abonándosele la suma mensual de $57.400,00;
Que el Programa Envión es para jóvenes adolescentes entre 12 y 21 años con el objetivo de recuperar sus trayectorias de vida, acompañándolos en su formación educativa y de salud, además de fortalecer sus herramientas para su futuro desempeño laboral y actividades de carácter recreativo;
Que el Ministerio provee los fondos para el sostenimiento de los profesionales, técnicos y trabajadores de redes sociales del Programa desarrollado en el Municipio;
Que la contratación se basa en lo normado en el Artículo 148° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por no contar el área con el personal necesario;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Dirección de Acción Social, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.
ARTICULO 2°: Autorícese la contratación mediante Locación de Obra de la profesional Psicóloga Social LUNA Brenda Jaqueline, D.N.I N° 42.688.141 para desempeñar tareas en el área de Educación y Juventud, en el marco del “Programa de Responsabilidad Compartida Envión”, autorizado por Ordenanza Municipal Nº 4.727/21, a partir del 01/09/23 y hasta el 30/11/23, abonándoseles la suma mensual de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS ($57.400,00).
ARTICULO 3°: El gasto mencionado en el artículo 2° se atenderá por Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo”, Categoría Programática 24.00.00 “Programa Envión”, Partida 3.4.9.0 “Otros”, Fuente de Financiamiento 132 – “De Origen Provincial”.
ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.361/23.