Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1345/23

Decreto Nº 1345/23

Coronel Pringles, 31/08/2023

Visto

el Expediente N° 1.942/23, iniciado por Empresa Schlosser Ingeniería; y

Considerando

Que a fs. 1 solicita autorización para realizar trabajos en la vía pública en el marco de la Obra Provisión de gas natural en calle Saavedra (60) N° 700 vereda impar e/ Dorrego (8) y Rivadavia (9) de esta ciudad, consistente en la excavación de una zanja de 66 metros de longitud sobre vereda de tierra y otra de 15 metros de longitud, colocación de 81 metros de cañería de PEAD de 63 mm de diámetro, y posterior tapada y compactación de la excavación;

Que la Dirección de Obras e Infraestructura manifiesta que no existe inconveniente en dar lugar a lo peticionado, encargándose dicha empresa del zanjeo, tapada y pozo de interconexión, así como también de la señalización, de acuerdo a las especificaciones técnicas vigentes adjuntas de fs. 4 a 7 del Expediente N° 1.942/23, luciendo el Plano de Referencia;

Que la inspección correspondiente estará a cargo de Camuzzi Gas Pampeana, estando la obra a cargo de la firma Schlosser Ingeniería;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias;                              

  EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Autorícese a la firma SCHLOSSER INGENIERÍA a realizar trabajos en la vía pública en el marco de la Obra “Provisión de gas natural” en calle SAAVEDRA (60) N° 700 vereda impar e/ Dorrego (8) y Rivadavia (9), de esta ciudad, consistente en la consistente en la excavación de una zanja de 66 metros de longitud sobre vereda de tierra y otra de 15 metros de longitud, colocación de 81 metros de cañería de PEAD de 63 mm de diámetro, y posterior tapada y compactación de la excavación, encargándose el requirente del zanjeo, tapada y pozo de interconexión así como también de la señalización de acuerdo a las especificaciones técnicas vigentes, la inspección correspondiente estará a cargo de Camuzzi Gas Pampeana, previo pago  de la tasa “Derechos Técnicos” – art. 23°, inc. 5) de la Ordenanza Impositiva vigente.

ARTICULO 2°: Los montos que surjan de lo dispuesto en el artículo 1° ingresarán a la Cuenta “Derechos de Construcción” del Cálculo de Recursos vigente.

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

 

REGISTRADO BAJO EL N° 1.345/23.