Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1297/23

Decreto Nº 1297/23

Coronel Pringles, 22/08/2023

Visto

y

Considerando

el Expediente N° 1.253/23 iniciado por el Director de Deportes Sr. Sebastián Querejeta; y

Que mediante el mismo solicita que se contrate el servicio de hospedaje y comida, necesario para que el Partido de Coronel Pringles participe en la final de los Juegos Bonaerenses 2023 en sus diferentes disciplinas, a desarrollarse del 15 al 20 de septiembre en la ciudad de Mar del Plata;

Que la delegación total será de 160 integrantes aproximadamente, entre deportistas, profesores, delegados, autoridades y choferes;

Que la contratación de hospedaje y comida se hará en forma directa tal como indica el Artículo 156 inciso 10 de la LOM, y habiéndose adjuntado 3 presupuestos, comprobando la razonabilidad del precio seleccionado y siendo la oferta más conveniente, se acepta el Presupuesto de Alldream SRL, que establece un precio por persona de $23.875,00, siendo un total de $3.820.000,00 por día, haciendo un total por los 5 días de hospedaje y comida de $19.100.000,00 para toda la delegación;

Que el pago se realizará a la empresa de viajes quien ofreció el paquete de servicio, haciéndose cargo del pago a los siguientes hoteles seleccionados: Hotel Bahía Blanca (50 plazas), Hotel Tabaco (50 plazas) y Hotel Acqua (60 plazas), otorgándosele un anticipo financiero del 50 %; en caso de que la delegación sea menor al número indicado el proveedor solo cobrará por ellos, y en caso de que sea mayor cuenta con los lugares para ampliar el alojamiento;

     Por ello; en uso de las facultades que le son propias;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Contrátese a la Empresa ALLDREAM S.R.L. CUIT 30-70905794-0, por la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES CIEN MIL ($19.100.000,00), por los servicios de hospedaje y comida necesarios para que la Delegación de Coronel Pringles participe en la final de los Juegos Bonaerenses 2023 en sus distintas disciplinas, tanto de Cultura como de Deportes.

ARTICULO 2°: Lo dispuesto en el artículo 1° será imputado en Jurisdicción 1110124000 “Secretaría de Desarrollo”, Categoría Programática 26.00.00 “Torneos Bonaerenses”, Partida 3.4.7.0 “Servicios de Hotelería”- Fuente de Financiamiento 132 – “de Origen Provincial”, otorgando un anticipo del 50%.

ARTICULO 3°: El Recurso con el que se afrontarán los gastos anteriormente informados, será con Fondos de Torneos Bonaerenses que mande la Provincia de Buenos Aires, y el saldo restante que falte cubrir será con Fondo Educativo, Recursos: Torneos Bonaerenses 17.5.01.01 y Fondo Educativo 17.5.01.23.

ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

 

 REGISTRADO BAJO EL N° 1.297/23.