Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1284/23
Coronel Pringles, 16/08/2023
Visto
el Expediente N° 1.850/23, iniciado por la Delegada de Indio Rico Sra. Laura B. Plaza; y
Considerando
Que a fs. 1 solicita la contratación de la profesional Arq. Diez Martina, para la realización de tareas de seguimiento , control de calidad, realización de mediciones y certificaciones de las obras “Mejorando el Polideportivo” y “Mejor sala, más salud”, ambos proyectos ganadores del Presupuesto Participativo 2023 desarrollado en la localidad de Indio Rico, abonándosele la suma total de $850.500,00;
Que dicha contratación se basa en lo normado en el artículo 148° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por no contar el área con el personal necesario;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Declárese la incompetencia del personal municipal dependiente de la Secretaría de Desarrollo, para llevar a cabo las tareas requeridas en las presentes actuaciones, atento a que el Municipio no cuenta con personal idóneo para desarrollar las mismas bajo las condiciones especificadas, en el marco del Artículo 148º de la Ley Orgánica de la Municipalidades.
ARTICULO 2°: Autorícese la contratación mediante Locación de Obra de la Profesional DIEZ Martina, CUIT 27-34173327-3, para realizar tareas de seguimiento, control de calidad, realización de mediciones y certificaciones en las obras “Mejorando el Polideportivo” y “Mejor sala, mejor salud” a realizarse en la localidad de Indio Rico, desde el mes de agosto hasta el 31 de diciembre de 2023, abonándosele la suma total de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS ($850.500,00).
ARTICULO 3°: El gasto mencionado en el artículo 2° se atenderá por Jurisdicción 1110118000 “Secretaría de Gobierno y Seguridad”- Categoría Programática 16.01.00 “Funcionamiento Delegación Indio Rico”- Partida 3.4.9.0 “Otros”- Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”.
ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.284/23.