Boletines/Coronel Pringles

Decreto Nº1282/23

Decreto Nº 1282/23

Coronel Pringles, 16/08/2023

Visto

el Expediente Nº 0190/18 – Cuerpo V - iniciado por la Arq. Lucarelli María Belén, Directora de Obras e Infraestructura; y

Considerando

Que con fecha 08 de agosto de 2023 informa que, en virtud de la Resolución RESO-2022-100-GDEBA-IVMIYSPGP (actualización con UVI) referente a los Certificados Nº 52, 53, 54, 55, 56, 57,  que corresponden a las mediciones Nº 40, 50, 51, 52, 53, 54, solicita Ampliación Presupuestaria para realizar el pago a la Empresa contratada “Cooperativa Raíces de Vivienda Ltda.”, por un importe de $13.557.809,48;  

Que la Contaduría Municipal da lugar a lo requerido, debiendo realizar la Modificación Presupuestaria pertinente;

Por ello en uso de las facultades que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTICULO 1°: Autorícese la Modificación Presupuestaria pertinente, a fin de reconocer las actualizaciones UVI de los Certificados Nº 52, 53, 54, 55, 56, 57,  que corresponden a las mediciones Nº 49, 50, 51, 52, 53, 54, para la obra Construcción 40 viviendas IVBA para efectuar el pago a la Empresa contratada “Cooperativa Raíces de Vivienda Ltda.”, incrementando el Cálculo del Recurso 22.5.01.02 “Construcción 40 Viviendas IVBA” Jurisdicción 1110119000 “Jefatura de Gabinete”, por la suma de PESOS TRECE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS NUEVE con CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($13.557.809,48), incrementando en el mismo importe el Presupuesto de Gastos en Categoría Programática 25.58.00 “Construcción 40 viviendas”, Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos” Partida 4.2.1.0. “Construcciones en  Bienes de Dominio Privado”, Fuente de Financiamiento 132 – “De Origen Provincial”.

ARTICULO 2°: El monto a que se refiere el artículo precedente se discrimina entre los certificados y mediciones de la siguiente forma:

Certificado Nº 52 - Medición Nº 49: $1.320.657,04.

Certificado Nº 53 - Medición Nº 50: $2.934.133,14.

Certificado Nº 54 - Medición Nº 51: $2.704.231,43.

Certificado Nº 55 - Medición Nº 52: $1.872.160,31.

Certificado Nº 56 - Medición Nº 53: $2.935.363,06.

Certificado Nº 57 - Medición Nº 54: $1.791.264,50.

ARTICULO 3°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.  

   

  REGISTRADO BAJO EL N° 1.282/23.