Boletines/Chascomús

Decreto Nº116/24

Decreto Nº 116/24

Chascomús, 09/02/2024

AUTORIZAR APERTURA CUOTAPARTISTA EN BANCO NACION

Visto

Lo dispuesto por el Decreto 2980/00 de RAFAM, donde a través del artículo 66 inc. h), permite la evaluación e instrumentación de inversiones temporarias de excedentes transitorios de disponibilidades; y

Considerando

Que, tal cual lo indica el H. Tribunal de Cuentas en su Doctrina, la Administración Financiera se define como el conjunto de normas, órganos y procedimientos que intervienen en la programación, gestión y control necesarios para captar los fondos públicos y aplicarlos para la concreción de los objetivos y metas del Estado, en la forma más eficiente posible.

Que, a los fines de cumplir lo señalado, las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios piloto del Decreto Nº 2980/00 –RAFAM- pretenden que las Tesorerías de las Municipalidades abandonen su tradicional rol de administradoras de Caja, en la cual se depositan los ingresos y realizan los pagos, y se constituyan en institutos que se ocupen de gerenciar los flujos de recursos y gastos de sus respectivas haciendas, procurando optimizar el rendimiento de las inversiones financieras que realicen y, por otra parte, minimizar el costo del endeudamiento transitorio que se lleve a cabo por motivos de iliquidez estacional.

Que, en ese entendimiento, con el objeto de obtener una cobertura contra la pérdida del poder adquisitivo de los excedentes transitorios de disponibilidades, se considera razonable realizar colocaciones temporarias en Fondos Comunes de Inversión.

Que, a tal efecto, es necesaria la apertura de una cuenta cuotapartista para la registración de tenencias, clasificadas por tipo y/o especie de Fondo Común de Inversión, la que estará vinculada a una cuenta monetaria existente sobre la cual se debitarán o acreditarán los fondos.

Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Autorícese la apertura de la Cuenta Cuotapartista perteneciente a la Municipalidad de Chascomús en la Sucursal local del Banco de la Nación Argentina a la orden conjunta del Intendente Municipal y del Tesorero Municipal, para operar con Fondos Comunes de Inversión.-

ARTICULO 2°.- Notifíquese en formato digital a Secretaria Privada, Contaduría, Tesorería y Banco de la Nación Argentina.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de  Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal  y archívese.-