Boletines/Lobos

Decreto Nº019/2024

Decreto Nº 019/2024

Lobos, 02/01/2024

CONTRATACIÓN EXCEPCIONAL CORTES DE PASTOS Y MALEZAS

Visto

Que el Partido de Lobos se encuentra atravesando una situación atípica de emergencia ambiental por el crecimiento desmedido de malezas y pastos; y

Considerando

Que el fenómeno es consecuencia del período inusual de precipitaciones de reciente data y que se pronostican como regulares respecto a las semanas siguientes.-

Que dicha situación ha producido el crecimiento desmedido de malezas y pastos tanto en ámbitos públicos como privados, produciéndose tanto en lotes, como en veredas, caminos y pasajes en el casco urbano y zonas aledañas.

Que habitualmente es la Secretaria de Obras y Servicios Públicos la encargada del mantenimiento regular de este tipo de actividades y/o servicios.

Que dado lo atípico de la situación y el rápido crecimiento de los pastos y malezas se ha sobrepasado la capacidad operativa instalada que se dispone para atender a la problemática, no bastando los recursos humanos (personal), como operativos (maquinarias).

Que la situación económica imperante que atraviesa el país y a la cual esta administración no es ajena, torna inviable el adquirir más maquinaria y personal para hacer frente a esta demanda espontánea y excepcional.

Que esta situación trae aparejada el potencial riesgo para la salubridad pública, pudiéndose producir la aparición de roedores, plagas y vectores, lo que requiere tomar medidas urgentes para prevenirlo.

Que Lobos se encuentra dentro de las zonas consideradas con brote o epidemia de dengue y/o chikungunya, en cuyas zonas las recomendaciones, entre otras, son: “Saneamiento ambiental (actividad específica del municipio): desmalezado y limpieza de espacios públicos, acequias, canales y plazas, con especial énfasis en la recolección de residuos y su disposición final con el objetivo de disminuir criaderos y sitios de refugio, y evitar la proliferación de mosquitos.”(ft. https://bancos.salud.gob.ar/sites/default/files/2023-04/20230418_Alerta_dengue.pdf).

Que a su vez se encuentra actualmente en curso un brote del denominado Alphavirus,  el causante de la denominada encefalomielitis equina del Oeste, y que ya ha registrado decesos humanos y casos positivos y gran cantidad de decesos de equinos, también transmitida por mosquitos como vectores del virus, para lo cual aplican las mismas recomendaciones que para las enfermedades previamente aludidas.

Que el presente decreto se dicta en virtud de la necesidad de preservar la salubridad pública, estética y ambiental de nuestra comunidad.

Que es necesario implementar la toma de medidas preventivas y urgentes a efectos de proteger el medioambiente y la presentación de roedores, plagas y vectores.

Que de no tomar medidas que atiendan a la prevención en el orden ut supra aludido podría ocasionarse daños irreversibles al mismo.

Que es necesario instruir a la Secretaria de Hacienda y Producción a fin de que determine el mecanismo idóneo de contratación para que proveedores puedan llevar a cabo las tareas de carácter excepcional de saneamiento que demande la situación antes descripta y que la Secretaria de Obras y Servicios Públicos disponga, para suplir la capacidad operativa escaza que esta última Secretaria posee para hacer frente a la demanda real.

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones

                                                            D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: Instrúyase a la Secretaria de Hacienda y Producción a contratar a proveedores de forma excepcional para la realización de tareas de saneamiento, desmalezamiento y corte de pastos en los ámbitos y lugares que la Secretaria de Obras y Servicios Públicos disponga.

 

ARTICULO 2º: Las contrataciones de servicios o suministros serán adoptadas en forma urgente en resguardo de la seguridad y/o salud de los habitantes, conforme lo dispuesto en el Decreto Ley 6769/58 en sus Artículos 119 Inc. “b” y 132 Inc. “e”. 

 

ARTICULO 3º: Los gastos que se ocasionen con el cumplimiento del presente decreto deberán imputarse a la Jurisdicción 1110109000 – Categoría Programática 57.00.00

 

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.-

 

DECRETO Nº:                      019/2024

     

 

       Antonio A. Carboni                                                          Ing. Jorge O. Etcheverry

Secretario de Gestión Ambiental                                                Intendente Municipal

    Municipalidad de Lobos                                                      Municipalidad de Lobos