Boletines/Lobos
Decreto Nº 003/2024
Lobos, 02/01/2024
CAJA CHICA
Visto
La facultad que otorga la Circular N° 280 y modificaciones según Circular 397 y Resolución AG N° 20/2020 del Honorable Tribunal de Cuentas; y,
Considerando
Que el Departamento Ejecutivo Municipal (Oficina de Compras-Caja Tesorería-Secretaría de Desarrollo y Promoción Social-Departamento de Tránsito-Dirección de Presupuesto) solicita la creación de una Caja Chica para afrontar gastos menores.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°: Crease y fijase un fondo de Caja Chica para atender gastos menores de acuerdo al siguiente detalle:
ARTÍCULO 2°: Desígnese a Karen Sabatini, L.P 1640, como responsable de la Caja de Tesorería y del manejo de los fondos de dicha caja, a la cual se le asignará la suma de PESOS SEIS MIL ($6.000).
ARTÍCULO 3°: Desígnese a Barbis Romina Soledad, L.P 2724, como responsable de la Caja Chica de Presupuesto y del manejo de los fondos de dicha caja, a la cual se le asignará la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000).
ARTÍCULO 4°: Desígnese a Nadia Ludmila Aguilar, L.P 2072, como responsable de la Caja de la Oficina de Compras y del manejo de los fondos de la mismas, a la cual se le asignará la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000).
ARTICULO 5°: Desígnese a José Luis De Marco, L.P 1290, como responsable de la Caja del Departamento de Transito y del manejo de los fondos de dicha caja, a la cual se le asignará la suma de PESOS CINCO MIL ($5.000).
ARTICULO 6°: Desígnese a Cristina Gomez, L.P 1332, como responsable de la Caja de la Secretaría de Desarrollo y Promoción Social y del manejo de los fondos de dicha caja, a la cual se le asignará la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000).
ARTICULO 7°: Fíjese una periodicidad de hasta dos veces por semana para las rendiciones de cuenta correspondientes al Jefe de Compras. Diariamente, la responsable de la caja chica de Tesorería, deberá rendir a la Tesorería Municipal, la recaudación obtenida y el monto asignado, adjuntando comprobantes pertinentes.
ARTICULO 8°: Fíjese la suma de PESOS DIEZ MIL ($10.000) como valor máximo de cada pago individual a realizar. Los conceptos a atender por las cajas chicas es para gastos menores como urgencias, viáticos, pasajes, movilidad, estadías, etc.
ARTICULO 9°: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto será imputado al Presupuesto de gastos en vigencia.
ARTICULO 10°: Comuníquese, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.
DECRETO N° 003/2024
Roberto C. Di Tomaso Ing. Jorge O. Etcheverry
Secretario de Hacienda y Producción Intendente Municipal
Municipalidad de Lobos Municipalidad de Lobos