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Decreto Nº1317/23

Decreto Nº 1317/23

Campana, 28/12/2023

EX-2023-00097940-MUNICAM-SMESA#DGAA Designación Damián Alberto ANTUNEZ.

Visto

El Decreto - Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656, el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto Nº 184/2022 (t.v.); el EX-2023-00097940-MUNICAMSMESA#DGAA; y

Considerando

Que obra solicitud de incorporación, mediante la cual se requiere la designación del Sr. Damián Alberto ANTUNEZ y otorgarle la “Bonificación Especial para el Personal que Realiza Tareas Insalubres”.

Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que la Sr. ANTUNEZ cumple con todos los requisitos de admisibilidad para el ingreso a la Administración Pública y que no posee antecedentes penales, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.

Que asimismo comunica que el Sr. ANTUNEZ puede ser designado desde  el 18 de diciembre de 2023 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive, en  la Planta  Temporaria  de  Personal, como  “Personal Mensualizado”,  Servicio  VII – (Operario) - Clase VII – Personal de Servicio - con 48 horas semanales de labor , dependiente de la Subdirección de Cementerio Municipal, Subsecretaría de Espacios Públicos y Servicios, Secretaría de Espacio Público y Descentralización, Jefatura de Gabinete, y otorgarle la “Bonificación Especial para el Personal que Realiza Tareas Insalubres” consistentes en el treinta por ciento (30%), respectivamente de su sueldo básico con carácter mensual.

Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, afectando presupuestariamente la erogación.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 184/2022 (t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase al Sr. Damián Alberto ANTUNEZ (D.N.I. 36.881.602– Clase 1990), en la Planta Temporaria de Personal, como “Personal Mensualizado”, Servicio VII- (Operario) - Clase VII – Personal de Servicio - con 48 horas semanales de labor ,dependiente de la Subdirección de Cementerio Municipal, Subsecretaría de Espacios Públicos y Servicios, Secretaría de Espacio Público y Descentralización, Jefatura de Gabinete, con retroactividad al 18 de diciembre de 2023 y hasta el 31 de diciembre  del mismo  año  inclusive.  No  obstante,  y antes  de la  fecha  de  conclusión indicada anteriormente, cuando razones de servicio así lo aconsejen éste podrá ser dado de baja, ello de conformidad con lo prescripto en el artículo 43 y concordantes del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.-

ARTÍCULO 2°.- Establécese que el nombramiento dispuesto en este Decreto está alcanzado por las disposiciones de los artículos 2°, 68 y 111 de la Ley Provincial N° 14.656 y los artículos 4°, 21 y 36 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.-

ARTÍCULO 3°. - Otórgase a el Sr. Damián Alberto ANTUNEZ, la “Bonificación Especial para el Personal que Realiza Tareas Insalubres”, que contempla el Anexo IV del Decreto – 2018 - 572, consistente en el treinta por ciento (30%) del sueldo básico, con carácter mensual.-

ARTÍCULO 4°.- Dispónese que el Adicional acordado en el artículo 3° rige con retroactividad al 18 de diciembre de 2023 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive, pudiendo ser dejadas sin efecto antes de esta última fecha si desaparecen las causas que motivaron su concesión.-

ARTÍCULO 5°.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto se tomarán de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 11101 25000 – Secretaría de Espacio Público y Descentralización, del Presupuesto General de Gastos para el año 2023.-

ARTÍCULO 6°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 7º.- Regístrese; comuníquese; notifiquese; y archívese.-