Boletines/Campana

Decreto Nº1290/23

Decreto Nº 1290/23

Campana, 21/12/2023

Expediente Municipal N° 4016- 36731-2017 Renuncia Cejas Fernan

Visto

La Ley Provincial N° 14.656, la Convención Colectiva de Trabajadores Municipales y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto N° 0233/2017 y el Decreto N° 184/2022 (t.v.);  el Expediente N° 4016 – 36731 – 0 - 2017; y

Considerando

Que el Sr. Fernan Leonardo CEJAS revista como Personal sin Estabilidad, en el cargo de Director de la Juventud, dependiente de la Subsecretaría de Cultura y Educación, Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura, Jefatura de Gabinete.

Que mediante el Decreto N° 624/2022 se reservó el cargo con estabilidad de Técnico Administrativo VI (Administrativo) – Clase VI – Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, con 48 horas semanales de labor, dependiente de la Dirección de la Juventud, Subsecretaría de Cultura y Educación, Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura, Jefatura de Gabinete.

Que obra la renuncia presentada por el Sr. CEJAS, al cargo de Personal Sin Estabilidad, que desempeña como Director de la Juventud a partir del 10 de diciembre de 2023, por lo que corresponde reintegrarlo al cargo que reserva con estabilidad.

Que el Sr. CEJAS solicita que se le conceda una licencia especial sin goce de haberes por el período de un año, desde el 11 de diciembre de 2023 dado su nombramiento en la Municipalidad de Zárate.

Que tal licencia se encuentra prevista en el artículo 9 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, convalidado por Ordenanza Nº 6412/2015, y estipula que: “Al trabajador municipal que haya sido designado para desempeñar cargos electivos y/o que obedezcan a una función política, sin estabilidad, nacionales, provinciales o municipales, le será reservado el cargo de revista durante todo el periodo que dure su mandato o función”.              

Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que, en consecuencia, la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,      

    EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-  Acéptase, con retroactividad al 10 de diciembre de 2023, la renuncia   presentada por el Sr. Fernan Leonardo CEJAS (D.N.I. 39.765.970 – Clase 1996), legajo personal N° 7143, al cargo de Personal Sin Estabilidad, que desempeña como Director de la Juventud, dependiente de la Subsecretaría de Cultura y Educación, Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura, Jefatura de Gabinete. -

ARTÍCULO 2°. -  Reintégrase, con retroactividad al 10 de diciembre de 2023, al Sr. Fernan Leonardo  CEJAS (D.N.I. 39.765.970 – Clase 1996),  legajo personal N° 7143, al cargo Técnico Administrativo VI (Administrativo) – Clase VI – Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, con 48 horas semanales de labor, dependiente de la Dirección de la Juventud, Subsecretaría de Cultura y Educación, Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura, Jefatura de Gabinete. -

ARTÍCULO 3º.- Autorízase Sr. Fernan Leonardo CEJAS (D.N.I. 39.765.970 – Clase 1996), legajo personal N° 7143, quien revista en la  Planta Permanente de Personal, como Técnico Administrativo VI (Administrativo) – Clase VI – Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, con 48 horas semanales de labor, dependiente de la Dirección de la Juventud, Subsecretaría de Cultura y Educación, Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura, Jefatura de Gabinete, para hacer uso de licencia especial sin goce de haberes por el período de 1 (uno) año  con retroactividad al día 11 de diciembre de 2023.-

ARTÍCULO 4º.- Notifíquese a la Dirección General de Recursos Humanos y por su intermedio al trabajador interesado. -

ARTÍCULO 5°. - Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto se tomarán de la categoría programática correspondiente a la Jurisdicción 1110129000 - Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura, del Presupuesto General de Gastos para el año 2023.-

ARTÍCULO 6º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Sr. Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese; notifíquese; comuníquese; y archívese. -