Boletines/Campana
Decreto Nº 1275/23
Campana, 20/12/2023
EX-2019-00030967-MUNICAM-SMESA#DGAA Cese Adrián Bernardo CHISTIK.
Visto
El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656, el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto Nº 184/2022 (t.v.) y el EX-2019-00030967-MUNICAMSMESA#DGAA; y
Considerando
Que, por haber incurrido en ausencias sin justificar desde el 1° de julio de 2023, se intimó al Sr. Adrián Bernardo CHISTIK, por CD N° 990167045 con fecha 19 de julio de 2023, a retomar su puesto de trabajo dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas hábiles subsiguientes a su notificación, bajo apercibimiento de proceder a decretar su cesantía.
Que la citada CD fue entregada el 25 de julio de 2023, según constancia del Correo Argentino.
Que cumplido con la intimación cursada al trabajador CHISTIK la Dirección General de Recursos Humanos informa que éste no se ha reintegrado a sus tareas en los plazos señalados, por lo que entiende que corresponde proceder al dictado del correspondiente acto administrativo, decretando la cesantía a partir del 28 de julio del año en curso por la causal de abandono de trabajo, conforme a lo dispuesto por el artículo 90 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.
Qué asimismo informa que, el Sr. CHISTIK revistaba en la Planta Temporaria de Personal, como Profesor – Clase I – Personal Educación No Formal, con cincuenta y tres (53) horas mensuales, en la Dirección de Deportes, dependiente de la Subsecretaría de Cultura y Educación, Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura, Jefatura de Gabinete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Déjase cesante por abandono de cargo, al Sr. Adrián Bernardo CHISTIK (D.N.I. 23.986.805 – Clase - 1974), legajo personal N° 6432, quien revistaba en la Planta Temporaria de Personal, como Profesor – Clase I – Personal Educación No Formal, con cincuenta y tres (53) horas mensuales, en la Dirección de Deportes, dependiente de la Subsecretaría de Cultura y Educación, Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura, Jefatura de Gabinete, con retroactividad al 28 de julio de 2023, en virtud de lo establecido en el artículo 90 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, por las razones expuestas en los Considerandos del presente acto administrativo.-
ARTÍCULO 2°.- Dispónese que la diligencia de notificación al Sr. Adrián Bernardo CHISTIK se efectuará por intermedio de la Dirección General de Recursos Humanos, con carácter de urgente despacho.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-