Boletines/Campana
Decreto Nº 1251/23
Campana, 15/12/2023
4016-4239-0-2023
Visto
El Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; el Decreto N° 184/2022 (t.v.); y el Expediente Municipal Nº 4016-4239-0-2023; y
Considerando
Que mediante nota de fecha 29 de noviembre de 2023, se elevó al Honorable Concejo Deliberante el Proyecto de Ordenanza, por el cual se propicia aprobar la Programación de los Recursos y el Presupuesto de Gastos del Municipio de Campana, correspondiente al Ejercicio 2024 de conformidad al Decreto Provincial Nº 2980/00; estimar el Cálculo de los Recursos destinados a su financiación; fijar el Presupuesto General de Gastos para el año 2024 de esta Comuna de acuerdo a la distribución detallada en dicho Proyecto; aprobar la Clasificación institucional de los Gastos por Categorías Programáticas y por Objeto del Gasto hasta el nivel de Partida Principal y los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 que se detallan en el mencionado Proyecto; determinar en UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES (1573) los cargos de la Planta Permanente de Personal del Departamento Ejecutivo y en VEINTE (20) Concejales, UN (1) Secretario del Honorable Concejo Deliberante y DOCE (12) cargos, la Planta Permanente de Personal del Departamento Deliberativo; aprobar el Nomenclador de Gastos por Categoría Programática, el Nomenclador de la clasificación de Recursos por Rubro, el Nomenclador de Gastos por Objeto y el Nomenclador de Gastos por Fuente de Financiamiento; autorizar al Departamento Ejecutivo con carácter general y dentro del ejercicio, a efectuar las reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias, incluyendo las de crear, modificar y/o dejar sin efecto las jurisdicciones, estructuras programáticas, creación y o movimientos de cargos, programas, actividades, proyectos u obras que a consideración del Departamento Ejecutivo resulten necesarias para un mejor funcionamiento de la ejecución presupuestaria, dentro del total aprobado por cada Ordenanza presupuestaria, quedando comprendidas las modificaciones presupuestarias que involucren gastos corrientes y gastos de capital; establecer que los saldos que arrojen al cierre de cada ejercicio las cuentas de Recursos con Afectación, serán transferidos al ejercicio siguiente, incorporándolos al Cálculo de Recursos por Decreto del Departamento Ejecutivo. Correlativamente, se aplicarán al Presupuesto General de Gastos, reforzando cuentas existentes o incorporando conceptos no previstos. En ambos casos se respetará el destino al que deban ser afectados los fondos en cuestión, respetando los Nomencladores vigentes respectivos; autorizar al Departamento Ejecutivo a hacer uso transitorio de recursos del Municipio con afectación específica, cuando ello fuese necesario para hacer frente a apremios financieros circunstanciales, sin que su uso transitorio, signifique cambios de financiación ni de destino de estos recursos, debiendo normalizarse su afectación en el transcurso del ejercicio y disponer que el Departamento Ejecutivo procederá a la reestructuración programática que considere pertinente por caducidad de los programas o imposibilidades contingentes de realización o por programas nuevos que puedan surgir.
Que el día 12 de diciembre de 2023, el Departamento Deliberativo notificó la sanción de la respectiva Ordenanza, en la Sesión de Prórroga celebrada el día 6 del mismo mes y año, la que fue registrada por ese Cuerpo con el Nº 7597.
Que dicha norma debe ser promulgada por el correspondiente acto administrativo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo debe realizarse en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Promúlgase la Ordenanza Nº 7597 sancionada por el Departamento Deliberativo, en la Sesión de Prórroga celebrada el día 6 de diciembre de 2023.-
ARTÍCULO 2º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3º.- Cúmplase, regístrese; comuníquese; publíquese y archívese.-