Boletines/Campana

Decreto Nº1239/23

Decreto Nº 1239/23

Campana, 14/12/2023

4016-2703-2023

Visto

El Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; el Decreto N° 184/2022 (t.v.); y el Expediente Municipal Nº 4016-2703-0-2023; y

Considerando

Que mediante nota de fecha 22 de noviembre de 2023, se elevó al Honorable Concejo Deliberante el Proyecto de Ordenanza, por el cual se propicia convalidar en todas sus partes el DECTO-2023-752-EMUNICAM-INT, por el cual se dispuso que todas las habilitaciones provisorias otorgadas con anterioridad al 31/12/2020 a establecimientos comerciales de hasta 200 m2 que no desarrollen actividad industrial, se constituyen en habilitaciones definitivas; se condona el pago de la Tasa por Habilitación de Comercios e Industrias dispuesta en el Capítulo IV de la Ordenanza Impositiva N° 7446, y en el Capítulo IV de la Parte Especial de la Ordenanza Fiscal N° 7445, o las que hagan sus veces, a las habilitaciones definitivas comprendidas en lo mencionado anteriormente, y se determina que interesados deberán dar cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza General de Habilitaciones N° 2408 respecto a la intervención de la Secretaría de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana o la que hagas sus veces.

Que  el día 12  de diciembre  de  2023, el Departamento  Deliberativo notificó la sanción de la respectiva Ordenanza, en la Sesión de Prórroga celebrada el día 6 del mismo mes y año, la que fue registrada por ese Cuerpo con el Nº 7593.

Que dicha norma debe ser promulgada por el correspondiente acto administrativo.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo debe realizarse en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Promúlgase la Ordenanza Nº 7593 sancionada por el Departamento Deliberativo, en la Sesión de Prórroga celebrada el día 6 de diciembre de 2023.-

ARTÍCULO 2º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 3º.- Cúmplase, regístrese; comuníquese; publíquese y archívese.-