Boletines/General Viamonte
Decreto Nº 034
General Viamonte, 16/01/2024
Visto
El Expte. N° 4053-201-2023, correspondiente a la Licitación Pública 06/2023, Obra “REFACCIÓN GENERAL EN COMISARÍA DE LOS TOLDOS- ETAPA II”; y
Considerando
Que, por Decreto N° 545/2023 de fecha 24/08/2023, se adjudica la Obra “REFACCIÓN GENERAL EN COMISARÍA DE LOS TOLDOS-ETAPA II” a la firma THIASA S.A. -
Que, a través de distintos incumplimiento incurridos por la adjudicataria, en fecha 14 de septiembre de 2023, 21 de septiembre de 2023, 28 de septiembre de 2023, 29 de septiembre de 2023 y 19 de octubre de 2023, se suscribieron las ordenes de servicio n° 1, 2, 3, 4 y 5, respectivamente.
Que, la requirente enmendó todas, con excepción del punto 1 (acumulación de agua en playón de lote lindero) de la orden de servicio n° 4 y de la orden de servicio n° 5, los puntos 2.4 (acumulación de agua carpeta niveladora en patio de servicio y en patio de oficina de casino) y 5.2 (colocación de cinta en uniones, segunda mano de masilla, falta de masilla en tornillos en la parte de armamento), las que fueron ratificadas mediante una nueva orden de servicio de fecha 5 de diciembre de 2023 y notificada mediante Carta Documento n° 098185258 en fecha 15 de diciembre del corriente año.
Que, en la orden de servicio ratificatoria se estableció que ante el incumplimiento de lo solicitado, la empresa THIASA S.A sería pasible de las multas que indican las clausulas particulares del Pliego de Bases y Condiciones en su Artículo 24 (Por cada día de demora en el cumplimiento de una orden de servicio 0,2% sobre el monto del contrato).
Que, habiendo vencido el plazo establecido en la citada Carta Documento, la inspección de obra realizó un informe indicando el cumplimiento de los puntos 4.1 de la orden de servicio n° 4 y el 5.2 de la orden de servicio n° 5, quedando aún pendiente de subsanar el punto 2.4 de la orden de servicio n° 5.
Que, el Director de Arquitectura en nota de fecha 26 de diciembre de 2023 informa que el total de los días que suma el incumplimiento asciende a sesenta y nueve (69); cuyo monto resultante para la aplicación de la multa correspondiente es la suma de Pesos Quinientos Veintiséis Mil Trescientos Veintitrés con Ochenta y Nueve Centavos ($526.323,89), que deberá ser afrontado por la contratista.
Que, en consecuencia se dictó el Decreto n° 802/2023 de fecha 26 de diciembre de 2023, por el que se intima a la adjudicataria a asumir la suma indicada en un plazo de diez días de cursada la notificación de la disposición, lo que ocurrió en fecha 05 de enero de 2024.
Que, habiendo transcurrido el periodo emplazado, desde la Secretaria de Obras Públicas se informa que las multas aplicadas no han sido abonadas en forma espontánea por la empresa THIASA S.A, por lo que corresponde proceder como lo indica el Artículo 2° del Decreto n° 802/2023, en cuanto a que ante el incumplimiento de la manda dispuesta en el Artículo 1° (satisfacer las multas en un plazo de diez días) se procederá a hacer uso de la prerrogativa establecida en el Artículo 24 in fine del Pliego de Bases y Condiciones Especificaciones Legales Particulares (ante el eventual incumplimiento de la adjudicataria con la satisfacción del monto de las multas a su cargo, resulta habilitada la adjudicante a deducir la suma del próximo certificado de pago).
Por lo expuesto, y de conformidad con la nota presentada por la Secretaria de Obras Públicas, corresponde autorizar la retención de la suma de Pesos Quinientos Veintiséis Mil Trescientos Veintitrés con Ochenta y Nueve Centavos ($526.323,89) en concepto de multas por incumplimiento de la orden de servicio n° 5 punto 2.4 (acumulación de agua carpeta niveladora en patio de servicio y en patio de oficina de casino), del certificado de obra n° 4 correspondiente al mes de Diciembre de 2023, cuyo importe total asciende a la suma de Pesos Un Millón Setecientos Veintitrés Mil Seiscientos Treinta y Cinco con Setenta y Cinco Centavos ($1.723.635,75), quedando en consecuencia el nuevo monto a percibir por la empresa adjudicataria la suma de Pesos Un Millón Ciento Noventa y Siete Mil Trescientos Once con Ochenta y Seis Centavos ($1.197.311, 86).
Por ello,
El Intendente Municipal;
D E C R E T A:
Artículo 1°.- Autorizar a la Secretaría de Obras Públicas a retener del Certificado de Pago n° 4 correspondiente al mes de diciembre de 2023, la suma de Pesos Quinientos Veintiséis Mil Trescientos Veintitrés con Ochenta y Nueve Centavos ($526.323,89) en concepto de multas por incumplimiento de la orden de servicio n° 5 punto 2.4 (acumulación de agua carpeta niveladora en patio de servicio y en patio de oficina de casino), por los motivos invocados en el exordio.-
Artículo 2°.-Comuníquese, tome razón quienes corresponda, dese al Registro Oficial Municipal de Decretos, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y archívese.-