Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº873

Decreto Nº 873

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 19/03/2024

Visto las presentes actuaciones, referidas a la celebración del Convenio Específico de Colaboración por entre la Subsecretaria de Inclusión y Accesibilidad de la Universidad Nacional del Sur y la Dirección General de Discapacidad y Accesibilidad de la Municipalidad de Bahía Blanca, referido a la capacitación de Lengua de Señas Argentina; y considerando:

Que a fojas 1 la Dirección General de Discapacidad y Accesibilidad informó respecto al programa creado conjuntamente con Subsecretaria de Inclusión y Accesibilidad de la UNS, y se fundamenta en la necesidad de ofrecer una formación de calidad en el campo de la accesibilidad comunicacional, destinada a la totalidad de la comunidad dando prioridad tanto a alumnas/os de la Institución como así también a empleadas/os de la Municipalidad.

Que el programa tiene como propósito de desarrollar competencias comunicativas, promocionando la inclusión, apoyando también acceso a la educación y potenciando oportunidades laborales, con la intención de colaborar con la comunidad sorda fomentando la tolerancia y el respeto.

Que las bases de esta propuesta se fundamenta en la Ley N° 26.378 que aprueba la “Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad” junto con la Ley N° 27.710 sancionada en mayo de 2023, la cual establece en su Art. 1° que: “La presente Ley tiene por objeto reconocer a la Lengua de Señas Argentina (LSA) como una lengua natural y originaria que conforma un legado histórico inmaterial como parte de la identidad lingüística y la herencia cultural de las personas sordas en todo el territorio de la Nación Argentina, y que garantiza su participación e inclusión plena, como así también de las personas que, por cualquier motivo, elijan comunicarse en dicha lengua.”

Que cada cátedra se llevará a cabo con un/a interprete en Lengua de Señas Argentina, acompañado/a por un asesor/a sordo, contando con un cupo máximo de 40 plazas destinadas a la comunidad en general, tanto la Universidad como la Municipalidad contarán con la libertad de 20 plazas por comisión a los efectos de realizar las asignaciones prioritarias al público que estime conveniente.

Que oportunamente las partes con fecha 5 de marzo de 2024 suscribieron un Convenio Especifico, para llevar adelante el proyecto cuya finalidad persigue el desarrollo de común acuerdo de cursos, investigaciones, estudios y cualquier otra actividad específica o docente que resulte de interés para ambas instituciones, siendo prioritarios las/os alumnas/os de la Universidad Nacional del Sur y empleadas/os de la Municipalidad de Bahía Blanca.

Por expuesto, y teniendo en cuenta el visado del presente Convenio Especifico por parte de la Subsecretaria de Legal y Técnica, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

ARTICULO 1°: Registrese el Convenio Especifico entre la Municipalidad de Bahía Blanca, y la Universidad Nacional del Sur, C.U.I.T. 30-66417781-8, representado por el Rector, Dr. Daniel Vega, que tiene como objeto llevar adelante las cátedras de “Lengua de Señas Argentina” en los niveles I, II y III, con un todo de acuerdo a los considerandos del expediente de referencia.

ARTICULO 2°: El gasto que demande el Convenio Especifico en el Articulo 1°, se gestionó mediante el Sistema RAFAM, a través de la Solicitud de Pedido 135-1777-2024.

ARTICULO 3°: Cumplase, notifíquese, tome nota Subdirección de Presupuesto, Departamento de Contaduría General, Departamento de Compras y la Dirección General de Discapacidad y Accesibilidad, dese al R.O. y RESERVESE.-