Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº56

Resolución Nº 56

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 06/03/2024

Visto la nota presentada por la Asociación de Padres de Autistas de Bahía Blanca (APADEA), por la cual solicita el otorgamiento de un subsidio para afrontar los daños ocasionados en sus instalaciones a raíz del temporal que azotó la ciudad el día 16 de diciembre de 2023; y

CONSIDERANDO

Que conforme indica a fs.1 la Dirección de Asociaciones Civiles, como así también la Dirección de la Agencia de Desarrollo Territorial, Descentralización y Participación CIudadana a fs.2, el presente trámite persigue el fin de garantizar un inicio de las actividades de la entidad beneficiaria en condiciones normales;

Que de fs.5 a 9 inclusive obra el detalle de los gastos para realizar las reparaciones necesarias;

Que a fs.10 obra la imputación efectuada por la Subdirección de Presupuesto y por la Contaduría General;

Que, por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

RESUELVE

ARTICULO 1º) - Otorgar un subsidio a la Asociación de Padres de Autistas de Bahía Blanca (APADEA), C.U.I.T. N° 30-70791491-9, por la suma de  PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL ($ 2.358.000.-), destinado a afrontar los daños ocasionados en sus instalaciones a raíz del temporal que azotó la ciudad el día 16 de diciembre de 2023.-

ARTÍCULO 2°)- Notifíquese a la entidad beneficiaria que, una vez utilizados los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en los términos del Instructivo obrante a fs.12 del expediente 138-1663-2024, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión cuyo modelo obra a fs.13, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones Anexas al Decreto 2980/00 – R.A.F.A.M.-

ARTICULO 3º) - El presente gasto deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Categoría Programática 01.01, Gasto 5.1.7.0. del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 4°) - Por Jefatura de Gabinete y Gobierno se efectuará el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la entidad beneficiaria.-

ARTICULO 5º) - Cúmplase, notifíquese a la entidad recurrente mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Contaduría General y Departamento Tesorería; dése al R.O. y ARCHÍVESE.-