Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº497

Resolución Nº 497

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 25/03/2024

Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación por Traslado interpuesta por Maite ERBASTRAIN, con CUIT 27-27029271-8, para desarrollar actividades bajo el rubro de Venta al por menor de productos de almacén y dietética, en el domicilio de la calle Hipólito Yrigoyen Nº 254 de la Localidad de Bahía Blanca, y;

CONSIDERANDO

Que la solicitud de Habilitación ha sido interpuesta con fecha 05 de enero del 2024, conforme constancias obrantes a fs.1-2;

Que a fs.3/17 y 22/31 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;

Que a fs. 21 toma debida intervención el Departamento Habilitaciones, labrando el correspondiente Acta de Inspección Nº 01045 de fecha 14/02/2024, dejando constancia que el local reúne buenas condiciones de seguridad e higiene;

Que a fs. 32/34 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;

Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Nº 7315/67 y su Decreto Nº1123/93;

Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;

Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º)- Habilítase a Maite ERBASTRAIN, con CUIT 27-27029271-8, contribuyente Nº 65537, para desarrollar actividades bajo el rubro Venta al por menor de productos de almacén y dietética, en el domicilio de la calle Hipólito Yrigoyen Nº 254 de la Localidad de Bahía Blanca.

ARTICULO 2º)- Expídase Certificado de Habilitación Nº 137/2024 a nombre de Maite ERBASTRAIN, Contribuyente Nº 65537 de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.

ARTICULO 3º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.

ARTICULO 4º)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.

ARTICULO 5º)- Cúmplase, dese al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido: Archívese.-