Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº21718

Ordenanza Nº 21718

Bahia Blanca, 07/03/2024

VISTO

 

El proyecto de Ordenanza obrante a fojas 9 y 9 vuelta, a través del cual se dan por reconocidos los servicios desempeñados como becaria de la Municipalidad de Bahía Blanca a la agente Lidia Beatriz ÑANCUCHEO, DNI 31.779.483, legajo Nº 15.152 dependiente de la Dirección de Monitoreo (oficina Nº 355), correspondiente a un (1) año, seis (6) meses y ocho (8) días.

 

Y CONSIDERANDO

 

Que a través de la Resolución 9/2023 SG, obrante a fojas 5, se dieron por reconocidos los servicios mencionados.

 

Que a fojas 6 y 7 el Departamento Administración del Personal informa el cálculo total de diferencias a abonarle a la mencionada agente, conforme lo dispuesto en el artículo 4º de la resolución citada.

 

Que a fojas 6 vuelta y 8, Subdirección de Presupuesto y Contaduría General dejan constancia de la imputación del presente gasto.

 

Que conforme surge tanto del artículo 4º de la Resolución citada, como de lo informado por el Departamento Administración del Personal, el monto a reconocer corresponde a ejercicios vencidos (periodo comprendido entre el 23 de febrero de 2012 hasta el 31 de agosto de 2013), motivo por el cual se considera necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante.

 


Por todo ello, el H. Concejo Deliberante en uso de sus facultades sanciona con fuerza de:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º - Autorízase al Departamento Ejecutivo, a través del Departamento Administración de Personal, a abonar las diferencias salariales a favor de la agente Lidia Beatriz ÑANCUCHEO, DNI 31.779.483, C.U.I.L. Nº 27-31779483-0, legajo Nº 15.152, dependiente de la Dirección de Monitoreo (oficina Nº 355), que surgen del reconocimiento de servicios que prestó como becaria de la Municipalidad de Bahía Blanca, según Resolución 9/2023 AS, obrante a fojas 5, y conforme al cálculo efectuado por el citado Departamento que corre agregado a fojas 6 y 7, todo ello del presente expediente.

 

Artículo 2º - El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110125000, Categoría Programática 01.01.00, Gastos 1.1.3.1., 1.1.4.0., 1.1.6.1. 1.1.6.2. del Presupuesto de Gastos vigente.

 

Artículo 3º - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.