Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº21715

Ordenanza Nº 21715

Bahia Blanca, 07/03/2024

VISTO

 

El proyecto de Ordenanza obrante a fojas 9/9vlta. Referido al reconocimiento de los servicios prestados como personal becario en la Municipalidad de Bahía Blanca por la agente Mariana Verónica Gentilini Legajo 13059 dependiente del Departamento Proyectos y Obras, (Oficina 416) por el periodo comprendido desde el 1 de julio de 1999 al 10 de febrero de 2004 correspondiéndole el pago de las diferencias salariales de dos años anteriores a la fecha de la solicitud, de la Bonificación por Antigüedad; y

 

CONSIDERANDO

 

Que a fojas 6 y 7 obra informe y liquidación pertinente del Departamento Administración de Personal, asimismo, también cuenta con la intervención de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fojas 7 vlta.

 

Que a fojas 5 obra Resolución N° 417/2023 reconociendo lo solicitado por la agente Mariana Verónica Gentilini legajo 13059, DNI 20.315.588, dependiente del Departamento Proyectos y Obras (Oficina 416) por el término de cuatro (4) años, nueve (9) meses, y diez (10) días reconociendo los servicios desempeñados como becaria.

 

Que el reconocimiento realizado mediante la mencionada Resolución se efectúa a partir de la fecha de interposición de reclamo por parte de la agente interesada, 6 de noviembre de 2023, y al solo efecto de la percepción de la bonificación por antigüedad y el usufructo de la licencia anual ordinaria dejando expresa constancia que quedara exclusivamente a cargo de la agente la realización de los trámites pertinentes por ante el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS) a los fines de la obtención de reconocimiento de servicios en el ámbito previsional.

 

Por lo tanto el pago del beneficio otorgado de la Bonificación por Antigüedad será aplicando el 1% sobre su sueldo básico sobre la totalidad de los servicios, esto en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18.008 y el Decreto Reglamentario 3855/2014.

 

Que a fojas 6 y 7 el Departamento Administración de Personal informa y adjunta detalle del monto que asciende a la suma de $ 74.733,48 (setenta y cuatro mil setecientos treinta y tres pesos con cuarenta y ocho centavos).

 

Que a fojas 8 la señora contadora general informa que el gasto correspondiente al periodo mencionado, motivo de las presentes actuaciones, no se encuentra contemplado en el ejercicio económico 2021 y 2022 por lo cual no esta incluido en la Deuda Flotante.


Que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Contabilidad y el artículo 54° del Decreto n° 2980, el H. Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1° - Autorízase al Departamento Ejecutivo a través del Departamento Administración de Personal, a abonar a la agente Mariana Verónica Gentilini legajo 13059 dependiente del Departamento Proyectos y Obras (Oficina 416) las diferencias salariales no prescripta dispuesta en el artículo 4 la Resolución N° 417/2023 de dos (2) años anteriores al 6 de noviembre de 2023 que surgen del reconocimiento e servicios desempeñados como personal becario de la Municipalidad de Bahía Blanca conforme al cálculo efectuado y que consta agregado a fojas 6 y 7 del expediente N° 0/00-10503-2023 (53-HCD-2024).

 

Artículo 2° - El gasto que demande lo dispuesto en el articulo anterior correspondía en su año de origen a las partidas 1131, 1140, 1161, 1162, Fuente de Financiamiento 110, Jurisdicción 1110105000 Categoría Programática 010100 del Presupuesto de Gastos del año 2021 y 2022 debiéndose incluir en la deuda flotante del presupuesto de gastos del ejercicio vigente conforme lo dispuesto en el artículo 140° del Reglamento de Contabilidad y 54° del Decreto 2980.

 

Artículo 3° - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.