Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 988
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 03/04/2024
Visto las presentes actuaciones, originadas por la Subsecretaría de Mantenimiento, dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, referidas a la adquisición de Tosca con traslado para Reparación de Calles de Tierra de la Ciudad, y;
CONSIDERANDO:
Que se efectuó la correspondiente Licitación Privada Nº448/2024, recibiéndose las propuestas económicas válida de cinco (5) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de las siete (7) invitadas a cotizar según consta en los certificados de notificación adjuntos de fojas 40 a 47, de las cuales cuatro (4) cumplieron con pliego de bases y condiciones;
Que a fojas 218 obra Acta de Apertura en la que se presentaron las firmas: COINCE BAHIA S.A., no cumple con inciso f) del artículo 2 de cláusulas particulares del pliego de bases y condiciones, total de la oferta económica $37.158.300; LAS DOS TOSCAS SRL, total de la oferta económica $32.277.000; MARINO MORRESI E HIJOS, total de la oferta económica $34.380.000; CYDIND S.A., no cumple con inciso e) f) e i) del artículo 2 de pliego de bases y condiciones, total de la oferta económica $34.020.000; IN & SE S.A., total de la oferta económica $41.726.850;
Que a fojas 220 obra informe del Departamento Compras que deja constancia que las firmas COINCE BAHIA S.A., LAS DOS TOSCAS SRL y MARINO MORRESI E HIJOS subsanaron en tiempo y forma su observación respecto del artículo 2do de las Cláusulas Especiales del Pliego de Bases y Condiciones, mientras que CYDIND S.A. no, quedando como válidas las ofertas de: COINCE BAHIA S.A., LAS DOS TOSCAS SRL, MARINO MORRESI E HIJOS e IN&SE S.A.;
Que de fojas 237 a 253 obra informe del Departamento Inspecciones donde extraen muestras de las firmas MARINO MORRESI E HIJOS, IN&SE S.A., LAS DOS TOSCAS SRL y COINCE BAHIA S.A., de las cuales resulta que los materiales de las firmas son aptos respecto a las exigencias y características técnicas que solicita el municipio;
Que a fojas 254 la Subsecretaría de Servicios y Mantenimiento sugiere se adjudique a: MARINO MORRESI E HIJOS los ítems Nº1 y 7, COINCE BAHIA S.A. los ítems Nº2, 3 y 4, y LAS DOS TOSCAS S.R.L. los ítems Nº6, 8, 9 y 10, ya que las mismas se ajustan a los intereses municipales, cumplen con las especificaciones técnicas requeridas y son las ofertas más económicas. Asimismo, se designa como responsable del suministro al Subsecretario de Servicios y Mantenimiento Guillermo Loffler, Legajo Nº17.196;
Que a fojas 264 el Departamento Compras sugiere se adjudique a: MARINO MORRESI E HIJOS (Proveedor Nº5313) la provisión de los ítems Nº1 y 7 por un importe total de $6.450.000, COINCE BAHIA S.A. (Proveedor Nº5346) la provisión de los ítems Nº2, 3 y 4 por un importe total de $8.712.600, y LAS DOS TOSCAS SRL (Proveedor Nº7408) la provisión de los ítems Nº5, 6, 8, 9 y 10 por un importe total de $14.468.000, por ser las ofertas más económicas que cumplen con las especificaciones técnicas solicitadas;
Por ello, atento la comparativa de ofertas obrante de fojas 221 a 230, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
DECRETA
ARTICULO 1º)- Adjudicar a MARINO MORRESI E HIJOS (Proveedor Nº5313) la provisión de los ítems Nº1 y 7, por mejor oferta económica que cumple con lo solicitado y por la suma total de PESOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($6.450.000.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones establecidas en el presente expediente.
ARTICULO 2º)- Adjudicar a COINCE BAHIA S.A. (Proveedor Nº5346) la provisión de los ítems Nº2, 3 y 4, por mejor oferta económica que cumple con lo solicitado y por la suma total de PESOS OCHO MILLONES SETECIENTOS DOCE MIL SEISCIENTOS ($8.712.600.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones establecidas en el presente expediente.
ARTICULO 3º)- Adjudicar a LAS DOS TOSCAS S.R.L. (Proveedor Nº7408) la provisión de los ítems Nº5, 6, 8,9 y 10, por mejor oferta económica que cumple con lo solicitado y por la suma total de PESOS CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL ($14.468.000.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones establecidas en el presente expediente.
ARTICULO 4º)- Dejase constancia que el Subsecretario de Servicios y Mantenimiento, Guillermo Loffler, Legajo Nº17.196, será el responsable de la recepción y control del suministro a ser adquirido, en un todo de acuerdo al Artículo 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTICULO 5º)- Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHÍVESE.-