Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº634

Decreto Nº 634

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 29/02/2024

Visto el Pedido de Adquisición Nº 957 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de un Operador de Calle para integrar el Proyecto Foro Adolescente y;

CONSIDERANDO

Que resulta necesaria la prestación de servicios técnicos y profesionales de una persona que desempeñe tareas de Operador de Calle, generando herramientas que sirvan como puentes entre las instituciones y organizaciones que actúan diariamente en la ciudad, promover la participación de niños, niñas y adolescentes en espacios formales e informales donde puedan vincularse con opciones educativas, artísticas, deportivas y/o recreativas. entre otras;
Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, obra la declaración de incompetencia suscripta por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, donde consta que los servicios requeridos no pueden ser cubiertos por personal de planta municipal;
Que surge la selección de la Sr.  Lasa Nicolás, D.N.I. 26.393.764, quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, conforme al Acta de Selección que consta en suministro 9521/2023. Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, teniendo en cuenta que no existe personal de planta municipal disponible para llevar adelante la tarea requerida.
SEGUNDO: Adjudíquese al Sr.  Lasa Nicolás, D.N.I. 26.393.764, la prestación de servicios técnicos y profesionales como Operador de Calle para integrar el Proyecto Foro Adolescente, a partir del 01 de Marzo y hasta el 31 de Mayo del 2024, y por la suma total de pesos seiscientos sesenta mil ($660.000.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia.
CUARTO: Refrende el presente Decreto el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.
QUINTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.