Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 27
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 08/03/2024
VISTO el artículo 1° de la ley 14.656 (Régimen Marco de Empleo Municipal) y el artículo 30° del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca aprobado por Ordenanza N° 18601 y,
CONSIDERANDO;
Que siguen vigentes las necesidades de servicio que oportunamente fundamentaron la prolongación de la jornada horaria semanal de agentes de planta permanente de la dependencia solicitante, siendo necesario proceder a prorrogar la misma.
Que el presente acto administrativo culmina un proceso desarrollado íntegramente en forma digital, conforme a lo establecido en el Decreto N° 1209/2016 (Sistema de Gestión de Documentos Electrónicos) y el Decreto N° 1354/2016 (Sub-Módulo Renovación de Ampliaciones Horarias) y su Anexo II, en el que intervinieron la dependencia solicitante, la Subdirección de Capital Humano, la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General.
Por lo expuesto precedentemente el Sr. INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º) - Amplíese, a partir del 1º de marzo y hasta el 30 de junio del 2024, la jornada horaria a treinta y cinco (35) horas semanales, la jornada horaria de los agentes que se detallan en el Anexo 1 que se aprueba y forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 2º) - Amplíese, a partir del 1º de marzo y hasta el 30 de junio de 2024, a cuarenta (40) horas semanales, la jornada horaria de los agentes que se detallan en el Anexo 2 que se aprueba y forma parte de la presente resolución.
ARTICULO 3º) - Déjase constancia que las ampliaciones horarias otorgadas en los artículos precedentes, responden estrictamente a razones de servicio de la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO URBANO
ARTICULO 4º) - Déjase constancia que vencido el período dispuesto para las ampliaciones horarias y en caso de que persistan las necesidades que motivan las mismas, se efectuará una nueva evaluación, previo informe del Jefe del área sobre el desempeño de los agentes.
ARTICULO 5º) - Hágase saber a cada una de las dependencias involucradas que deberán informar debidamente al Departamento Administración del Personal la modalidad de cumpliento de la jornada prolongada de los agentes mencionados anteriormente.
ARTICULO 6º) Refrende la presente Resolución el Director de la Agencia Innovación, Desarrollo Productivo y Urbanismo.-
ARTICULO 7º) - El gasto dispuesto en los artículos precedentes deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110124000, Actividad Programática 01.01.00, Gasto 1.1.1.2, 1.1.1.3, 1.1.1.4, 1.1.1.5, 1.1.1.7, .
ARTICULO 8º) - Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento Administración de Personal, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General, Dirección General de Capital Humano, dése al R.O., cumplido: RESÉRVESE.