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Resolución Nº327

Resolución Nº 327

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 28/02/2024

Visto estas actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación interpuesta por SHIJRUR S.R.L, con CUIT 30-71820205-8, para desarrollar actividad bajo el rubro de VENTA AL POR MAYOR DE ARTÍCULOS DE BAZAR, REGALERIA, JUGUETERIA, COSMÉTICA Y PERFUMERÍA CON DEPOSITO, en el domicilio de la calle ARIAS GRAL Nº 7 de la Ciudad de Bahía Blanca, y;

CONSIDERANDO

Que a fs. 1 y 2 presenta solicitud de habilitación para el rubro Venta al por menor de artículos de bazar, regalería, juguetería, cosmética y perfumería con depósito,

Que a fs. 3 a 25 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;

Que a fs. 27 obra la solicitud de habilitación por ampliación de superficie, ha sido interpuesta con fecha 16 de febrero de 2024 de acuerdo a lo solicitado mediante acta de inspección Nº47749,

Que a fs. 32 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;

Que a fs. 26 toma debida intervención el Departamento Habilitación, labrando la correspondiente Acta de Inspección Nº 47749 de fecha 12 de enero de 2024;

Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Nº 7315/67 y su Decreto Nº 1123/93;

Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;

Por ello, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS DE LA MUNICIPALIDAD DE BAHÍA BLANCA, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º)- Habílitase a SHIJRUR S.R.L con CUIT 30-71820205-8, contribuyente Nº 92857, para desarrollar actividades bajo el rubro VENTA AL POR MAYOR DE ARTICULOS DE BAZAR, REGALERIA, JUGUETERIA, COSMETICA Y PERFUMERIA CON DEPOSITO, en el domicilio de la calle ARIAS GRAL Nº 7 de la Ciudad de Bahía Blanca.

ARTICULO 2º)- Expídase Certificado de Habilitación Nº 97/2024 a nombre de SHIJRUR S.R.L, Contribuyente Nº 92857 de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.

ARTICULO 3º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.

ARTICULO 4º)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.-

ARTICULO 5º)- Cúmplase, dese al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido. Archívese.-