Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 122
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 27/03/2024
Visto el presente expediente; lo informado a fojas 1 por la División Jubilaciones y Pensiones, en cuanto a que el agente Ismael TELLO, DNI 12.740.132, CUIL 20-12740132-3, Legajo Nro. 11653, categoria 6/2A efectiva e interina 6/1A, dependiente de la Delegación Centro (Oficina Nro. 126), se encuentra comprendido en los limites previstos por la Ley 9650, para obtener el beneficio de la Jubilación por Edad Avanzada y considerando:
Que el agente en cuestión se acogerá a los beneficios jubilatorios, atento a lo establecido en el Art. 63 C.C.T.M.B.B. y Decretos 561/1996 y 659/1996 de expediente 260-6658-1996, otorgándole al mencionado un Anticipo Jubilatorio consistente en el 58% de su remuneración mensual, habitual y permanente y conforme a la última escala de sueldos vigente, en el presente acto, correspondiente a la categoría 6/1A.5.
Que el Departamento Administración del Personal a fojas 5/6 del expediente de referencia informa que el mencionado agente se desempeña en este Municipio desde el 11/05/1992, razón por la cual se encuentra en condición de acogerse a los beneficios de la jubilación por edad avanzada a partir del día 05/04/2024, de acuerdo a los alcances de la Ley Nº 9.650.
Que teniendo en cuenta lo mencionado precedentemente, informa que corresponde hacer lugar a lo establecido en el Art. 63 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca y Decretos 561/1996 y 659/1996 - Expediente 260-6.658/1.996, otorgándole al mencionado agente un Anticipo Jubilatorio que consiste en el 58% de su remuneración mensual, habitual y permanente y conforme a la última escala de sueldos vigente al momento del cese, categoría 6/1A.5, equivalente a la suma de PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 795.985,89.-).
Que asimismo manifiesta que según lo establecido en el articulo N° 72 inc. "f" Ley N° 14.656 y en el Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca y atento a que el agente Ismael TELLO, DNI 12.740.132, CUIL 20-12740132-3, Legajo Nro. 11653, dependiente de la Delegación Centro (Oficina Nro. 126), se desempeña en este municipio desde el 11/05/1992, le correspondería se le abone la suma de PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y SEIS CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 5.374.166,94.-), sobre la base de un sueldo básico que asciende a $ 895.694,49.-, también conforme a la última escala de sueldos vigente y atento a que el misma reviste al momento de su baja la categoría 6/1A.5, con treinta y un (31) años de servicios activos en esta Comuna.
Que la Dirección de Obra Social de Empleados Municipales (DOSEM) a fojas 8 informa que el agente Tello no posee deuda pendiente y a fojas 10 la Subcontadora General informa que el agente mencionado no posee rendiciones pendientes.-
Por lo expuesto y considerando la imputación informada a fojas 9 vta. del expediente de referencia por la Subdirección de Presupuesto y el Departamento de Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º) Dar de baja al agente Ismael TELLO, DNI 12.740.132, CUIL 20-12740132-3, Legajo Nro. 11653, dependiente de la Delegación Centro (Oficina Nro. 126), categoria 6/2A efectiva e interina 6/1A., con una jornada horaria de 48 horas semanales, que viene desempeñando, para acogerse a los beneficios de la jubilación por edad avanzada de acuerdo a los alcances de la Ley N° 9.650, a partir del 05 de abril de 2024.-
ARTICULO 2°) Hacer lugar al anticipo jubilatorio solicitado por el agente Ismael TELLO, DNI 12.740.132, CUIL 20-12740132-3, Legajo Nro. 11653, dependiente de la Delegación Centro (Oficina Nro. 126), autorizando al Departamento Administración de Personal a liquidar la suma de PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 795.985,89.-), importe equivalente al cincuenta y ocho por ciento (58%) de su remuneración mensual, habitual y permanente, a partir del 5 de abril de 2024, como adelanto de su haber jubilatorio, suma que será deducida al liquidarse este último por el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Artículo 63° del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca.
ARTICULO 3°)- Abonar al agente Ismael TELLO, DNI 12.740.132, CUIL 20-12740132-3, Legajo 11653, dependiente de la Delegación Centro (Oficina Nro. 126), la suma de PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO SESENTA Y SEIS CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 5.374.166,94.-), sobre la base de un sueldo básico que asciende a pesos ochocientos noventa y cinco mil seiscientos noventa y cuatro con cuarenta y nueve centavos ($ 895.694,49.-) en concepto de retribución especial por treinta (30) años de servicio.
ARTICULO 4°)- La retribución mencionada en el Art. 3 se hará efectiva mediante Liquidación Final una vez producido el cese del agente en cuestión.
ARTICULO 5°)- Dejar constancia que todas las actuaciones obrantes en el Legajo N° 11.653, responden al nombre de ISMAEL TELLO, DNI 12.740.132, Nacido el 08/01/1959.-
ARTICULO 6°)- Autorizar al Departamento Administración del Personal a adecuar la suma indicada en el Articulo 2º conforme a la escala de sueldos vigente al momento de realizar la liquidación correspondiente.
ARTICULO 7°)- Hacer saber al agente Ismael TELLO, que deberá proceder a la devolución de la/las credenciales de la Dirección de Obra Social del Empleado Municipal.
ARTICULO 8°)- El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000 Cat Prog 01.01.00, Gasto 6210 y Fuente 110, Jurisdicción 1110105000, Cat Prog 01.01.00, Gasto 1172.
ARTICULO 9°)- Cúmplase, notifiquese, tome nota Departamento Administración de Personal, División Jubilaciones y Pensiones, Dirección General de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto, Contaduria General, dése al R.O., y ARCHÍVESE.-