Boletines/Mercedes

Decreto Nº317/2024

Decreto Nº 317/2024

Mercedes, 11/03/2024

Visto

Lo solicitado por la Subsecretaría de Servicios Públicos y la Secretaría de Obras Públicas en relación a la adquisición de distintas clases de hormigón, cuyo destino es la utilidad en bacheo, pavimentación y tareas generales en distintos puntos de la ciudad, y;

Considerando

Que en el contexto económico actual y que es de público conocimiento, y teniendo como antecedentes Licitaciones las cuales han sido declaradas desiertas durante el ejercicio 2022, resulta carente de sentido realizar un proceso de contratación de grandes magnitudes ya que no se presentan los proveedores ante la incertidumbre económica que se suscita.

Que, según lo proyectado por la Secretaría de Economía Municipal teniendo en cuenta el Índice del Costo de la Construcción del Gran Buenos Aires (ICC) – según decreto n° 1295/2002 art. 15 inciso s (hormigón elaborado) – el valor lógico y razonable para el mes de marzo del corriente es de $102.179,08 para el m3 de hormigón elaborado H8; de $113.604,31 para el m3 de hormigón elaborado H17; de $113.604,31 para el m3 de hormigón elaborado H21; y de $126.245,09 para el m3 de hormigón elaborado H30.

La dificultad para conseguir presupuestos sólidos con validez mensual cierta, debido a la volatilidad de los precios del mercado, resulta necesario analizar las variaciones.

Que, a pesar de que el hormigón elaborado resulta ser un material de construcción necesario para distintas utilidades dependientes de la Municipalidad – tales como pavimentación o bacheo de calles, construcción de columnas como parte de la edificación de un inmueble, entre otras – no es posible definir con exactitud los tipos ni cantidades de hormigón que resulten necesarios adquirirse, ya que lo propio depende de las nuevas necesidades que fueren manifestando las distintas Secretarías de la Municipalidad.

Que, en consecuencia, resulta ser conveniente para el erario municipal resolver su compra a aquellos proveedores que expongan un presupuesto que, a consideración de las áreas competentes, resulten ser idóneas y dentro del marco de lo razonable de los valores proyectados por la Secretaría de Economía.

Que, resulta necesario dictar el acto administrativo que permita la concreción de su compra bajo otra modalidad de contratación que no sea Licitación o Concurso, en pos de lo establecido en el art. 156° inciso 10° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias, el Señor Intendente Municipal;

 

DECRETA:

ARTICULO 1º) Autorícese la compra directa de hormigón elaborado de acuerdo a lo establecido en el artículo 156° inciso 10° de la LOM, por ser convenientes a los intereses del municipio, hasta los valores unitarios que se detallan a continuación y durante el mes de marzo:

 

  • M3 de H8 a $102.179,08
  • M3 de H17 a $113.604,31
  • M3 de H21 a $113.604,31
  • M3 de H30 a $126.245,09

 

ARTICULO 2º) Notifíquese, regístrese y cumplido, archívese.