Boletines/Mercedes

Decreto Nº313/2024

Decreto Nº 313/2024

Mercedes, 08/03/2024

Visto

Lo actuado en el expediente administrativo Nº4309/2023 caratulado “AGROENERGIE ONE S.A. s/ Eximición Ley de Promoción Industrial N°13.656”.

Considerando

Que la firma AGROENERGIE ONE S.A. (C.U.I.T. N°30-71647172-8), dedicada al rubro de producción, elaboración y/o transformación de materias primas y productos químicos, así como la distribución, compraventa, importación y exportación de las mismas, solicitó con fecha 21/12/2023, ser encuadrada en los beneficios de la Ley de Promoción Industrial Nº13.656, a la que este Municipio adhirió mediante Ordenanza N°6881/10.

Que la firma de referencia ha presentado la totalidad de la documentación que exige el artículo 22° del Decreto Reglamentario N°523 de la precitada Ley, la que compone los folios 5/74.

                                 Que evaluados los proyectos de inversión, la empresa de referencia está finalizando la construcción de la planta, que será inaugurada próximamente y que ya cuenta con grandes perspectivas de crecimiento, lo cual es preferentemente valorado en estos casos, toda vez que ello da lugar a la creación de empleo genuino en nuestro municipio.

                                 Que por lo expuesto se conceptúa procedente otorgar el beneficio solicitado.

                                 Que el artículo 140º de la Ley Orgánica de las Municipalidades autoriza al Departamento Ejecutivo a otorgar franquicias y medidas de promoción a industrias que como la nombrada hayan contribuido al desarrollo de la ciudad, no estando ello en contraposición a normas provinciales.

                                 Por ello, que el Sr. Intendente Municipal en uso de las facultades legales que le son propias,

 

 

 

 

DECRETA:

ARTICULO 1º) Otórgase a la empresa AGROENERGIE ONE S.A. (C.U.I.T. N°30-71647172-8), las exenciones previstas en el marco de la Ley de Promoción Industrial vigente Nº 13656, a la cual el Municipio ha adherido por Ordenanza Nº6881/10, por el término de CUATRO (4) años, contados a partir el 1º de enero de 2024.

 

ARTICULO 2º) La exención otorgada comprende Tasas y Derechos referidas en el Art. 3° de la Ordenanza N°3812/90 por la radicación de su establecimiento industrial ubicado en Ruta Provincial 41, km 92 (actual km 233), de esta ciudad.  

 

ARTICULO 3º) Regístrese, notifíquese a la empresa referenciada y cumplido, archívese.