Boletines/Tres Lomas
Resolución Nº 50
Tres Lomas, 29/02/2024
Visto y considerando
VISTO:
La Ordenanza N° 958/11 y las Resoluciones números 112/11 y 158/11 y modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la primera se autorizó al Departamento Ejecutivo a reglamentar el funcionamiento del Hotel de Campo LA POSTA ubicado en el ámbito del Parque Integrado Municipal;
Que en dicho marco, teniendo en cuenta que el cobro de la prestación de los servicios respectivos no se trata de una tasa ni de un impuesto, y que se encuentra destinado a personas que no necesariamente resultan ser habitantes ni contribuyentes del Municipio, con fecha 22 de septiembre de 2011 se procedió a dictar la Resolución Nº 158/11 mediante la cual se estableció el cuadro tarifario correspondiente al edificio complementario denominado La Matera;
Que la Dirección de Producción y Desarrollo local municipal, con el fin de promocionar y contar con más herramientas comerciales, solicita la aplicación de distintos tipos de tarifas aplicables al funcionamiento del Hotel;
Que este Departamento Ejecutivo estima conveniente aplicar el cuadro tarifario propuesto;
Que en virtud de lo expuesto y teniendo en cuenta el aumento de precios operado en el mercado en los últimos tiempos, corresponde proceder a modificar los valores oportunamente establecidos para el servicio de alquiler de “La Matera” y a fijar las nuevas tarifas para el funcionamiento del Hotel;
Por todo ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TRES LOMAS
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: En el marco de la reglamentación del funcionamiento del Hotel de Campo LA POSTA e instalaciones complementarias, autorizada mediante Ordenanza Nº 958/11, establécese a partir del 1° de marzo de 2024 el siguiente Cuadro Tarifario aplicable a los servicios hasta el momento prestados en el mismo:
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Habitación SINGLE |
Habitación DOBLE |
Habitación TRIPLE |
ADICIONAL |
RELACION |
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HOTEL |
$16.000 |
$27.000 |
$38.000 |
$12.667 |
FULL |
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CORPORATIVA |
$14.400 |
$24.300 |
$34.200 |
$11.400 |
-10% |
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EVENTO FULL |
$14.400 |
$24.300 |
$34.200 |
$11.400 |
-10% |
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WEBS |
$17.600 |
$29.700 |
$41.800 |
$13.933 |
+10% |
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PROMOCIÓN |
$11.200 |
$18.900 |
$26.600 |
$8.867 |
-30% |
ARTICULO 2º: Modifícase el Artículo 1º de la Resolución 158/11, el que quedará redactado de la siguiente manera: “En el marco de la reglamentación del funcionamiento del Hotel de Campo LA POSTA e instalaciones complementarias, autorizada a este Departamento Ejecutivo mediante Ordenanza Nº 958/11, establécese a partir del 1° de marzo de 2024 el Cuadro Tarifario aplicable al Servicio de Alquiler del edificio complementario identificado como La Matera, clasificándose los eventos en las franjas horarias y montos que a continuación se detallan:
Matera:
a.- de 09:00 hs. a 17:00 hs. …………………………… ….………$ 31.000,00.-
b.- de 20:00 hs. a 04:00 hs. ......……………………………………$ 31.000,00.-
c.- Por día ……………………………………………………………………$ 40.000,00.-
ARTICULO 3º: Notifíquese, dése razón a Contaduría, Jefatura de Compras y al Honorable Concejo Deliberante, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.-
Fdo. Luciano Spinolo Sayago, Intendente Municipal; Mariano Romano, Secretaria de Gobierno.-