Boletines/Tres Lomas

Resolución Nº50

Resolución Nº 50

Tres Lomas, 29/02/2024

Visto y considerando

VISTO:

La Ordenanza N° 958/11 y las Resoluciones números 112/11 y 158/11 y modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la primera se autorizó al Departamento Ejecutivo a reglamentar el funcionamiento del Hotel de Campo LA POSTA ubicado en el ámbito del Parque Integrado Municipal;

Que en dicho marco, teniendo en cuenta que el cobro de la prestación de los servicios respectivos no se trata de una tasa ni de un impuesto, y que se encuentra destinado a personas que no necesariamente resultan ser habitantes ni contribuyentes del Municipio, con fecha 22 de septiembre de 2011 se procedió a dictar la Resolución Nº 158/11 mediante la cual se estableció el cuadro tarifario correspondiente al edificio complementario denominado La Matera;

Que la Dirección de Producción y Desarrollo local municipal, con el fin de promocionar y contar con más herramientas comerciales, solicita la aplicación de distintos tipos de tarifas aplicables al funcionamiento del Hotel;

Que este Departamento Ejecutivo estima conveniente aplicar el cuadro tarifario propuesto;

Que en virtud de lo expuesto y teniendo en cuenta el aumento de precios operado en el mercado en los últimos tiempos, corresponde proceder a modificar los valores oportunamente establecidos para el servicio de alquiler de “La Matera” y a fijar las nuevas tarifas para el funcionamiento del Hotel;

Por todo ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TRES LOMAS

R E S U E L V E

ARTICULO 1º: En el marco de la reglamentación del funcionamiento del Hotel de Campo LA POSTA e instalaciones complementarias, autorizada mediante Ordenanza Nº 958/11, establécese a partir del 1° de marzo de 2024 el siguiente Cuadro Tarifario aplicable a los servicios hasta el momento prestados en el mismo:

 

Habitación

SINGLE

Habitación

DOBLE

Habitación

TRIPLE

ADICIONAL

RELACION

HOTEL

$16.000

$27.000

$38.000

$12.667

FULL

CORPORATIVA

$14.400

$24.300

$34.200

$11.400

-10%

EVENTO FULL

$14.400

$24.300

$34.200

$11.400

-10%

WEBS

$17.600

$29.700

$41.800

$13.933

+10%

PROMOCIÓN

$11.200

$18.900

$26.600

$8.867

-30%

ARTICULO 2º: Modifícase el Artículo 1º de la Resolución 158/11, el que quedará redactado de la siguiente manera: “En el marco de la reglamentación del funcionamiento del Hotel de Campo LA POSTA e instalaciones complementarias, autorizada a este Departamento Ejecutivo mediante Ordenanza Nº 958/11, establécese a partir del 1° de marzo de 2024  el Cuadro Tarifario aplicable al Servicio de Alquiler del edificio complementario identificado como La Matera, clasificándose los eventos en las franjas horarias y montos que a continuación se detallan:

Matera:

a.- de 09:00 hs. a 17:00 hs.  …………………………… ….………$ 31.000,00.-

b.- de 20:00 hs. a  04:00 hs. ......……………………………………$ 31.000,00.-

c.- Por día ……………………………………………………………………$ 40.000,00.-

ARTICULO 3º: Notifíquese, dése razón a Contaduría, Jefatura de Compras y al Honorable Concejo Deliberante, insértese en el Registro Oficial y oportunamente archívese.-

Fdo. Luciano Spinolo Sayago, Intendente Municipal; Mariano Romano, Secretaria de Gobierno.-