Boletines/General Lavalle

Decreto Nº217

Decreto Nº 217

General Lavalle, 13/03/2024

Visto

La Ordenanza Municipal Nº 2672/2023 Complementaria al Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para el Ejercicio 2024, y;

Considerando

Que, para el ejercicio en curso se hubo fijado en la suma de pesos UN MIL NOVENTA Y CINCO ($1.095) el valor del módulo para todas las categorías de empleados municipales.

Que, desde la fijación de dicho valor, y como producto de la inflación de público conocimiento, el costo de vida se ha visto incrementado.

Que, como consecuencia de ello, el Departamento Ejecutivo ha resuelto fijar un aumento en los salarios de la planta municipal.

Que, a partir del 01 de marzo del corriente, se ajustará el valor del módulo en un 30%, considerando al efecto la variación del costo de vida, desde el último ajuste hecho a dicho valor.

Que, la Ordenanza Complementaria al presupuesto prevé la adecuación de la pauta salarial.

Que, en consecuencia, corresponde el dictado del acto administrativo tendiente a dar cumplimiento con tal adecuación, siendo este ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante, el cual será refrendado por la Sra. Secretaria Legal y Técnica.

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

DECRETO

ARTICULO 1º: Establézcase, a partir del 01 de marzo de 2024, en pesos Un Mil Cuatrocientos Veinte y Tres con 50/100 ($ 1.423,50) el valor del módulo utilizado como base de cálculo de los salarios de los empleados municipales.

 

ARTICULO 2º: El presente decreto se dicta ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante.

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria Legal y Técnica.

ARTÍCULO 4°: Cúmplase, comuníquese a quién  corresponda y dese al Registro  Municipal.

 

 

 

 

 

         ISABEL DOLORES RAJOY                                                                          NAHUEL ALFREDO GUARDIA

    SECRETARIA LEGAL Y TECNICA                                                                       INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETO  MUNICIPAL Nº                     / 2024.-