Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 865
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 18/03/2024
Visto las presentes actuaciones, originada por la Subsecretaría de Espacios Públicos, dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, referida al alquiler de equipos viales para el traslado desde puntos de acopio temporales hacia puntos finales, conforme a la Solicitud de Pedido N° 1524/2024, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 4 el Subsecretario de Espacios Públicos expresa la necesidad de realizar distintos tipos de intervenciones silviculturales en el arbolado de la ciudad como consecuencia de la tormenta ocurrida el día 16 de diciembre del 2023, ya que han quedado muchos ejemplares de arboles y ramas caídos, pudiendo generar focos de incendios o facilitar sitios donde se generen micro basurales y con esto también la concentración de insectos y alimañas;
Que atento al Decreto Nº 5011/2023 que dispone en su: "ARTICULO 4: declara en todo el Distrito de Bahía Blanca la Emergencia sanitaria, alimentaria, social, ambiental, habitacional, de infraestructura, administrativa, económica y de servicios públicos (...)";
Que así mismo establece en su "ARTICULO 5: INSTRUIR a la Secretaría de Economía y a todas la instancias pertinentes de la Administración Municipal a implementar todos los instrumentos administrativos y jurídicos de carácter excepcional previstos en la Ley Orgánica Municipal, y normas aplicables, para garantizar la asistencia sanitaria, alimentaria, social, ambiental, habitacional, de infraestructura, administrativa, económica y de servicios públicos que la emergencia demande.";
Que a fojas 30 obra la Solicitud de Compra Directa por parte del Subsecretario de Espacios Públicos y el Secretario de Obras y Servicios Públicos mediante la cual solicitan se emita la orden de compra al proveedor INGENIERÍA Y ARQUITECTURA S.R.L, por ser la cotización mas conveniente para el municipio.
Que a fojas 36 el Subsecretario de Espacios Públicos fundamenta la urgencia en contratar el servicio de traslado de restos de arboles y ramas caídas que aun se observan en la ciudad, para poder culminar lo antes posible, con la evacuación de los distintos puntos de acopio transitorios, lo cual impide esperar los plazos corrientes que conlleva el proceso licitatorio;
Que el Articulo 119 inciso b de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que: “el Departamento Ejecutivo podrá realizar gastos aún cuando el concepto de ellos no esté previsto en el Presupuesto General o excedan el monto de las partidas autorizadas, b- en los casos de epidemias, inundaciones y otros acontecimientos imprevistos que hagan indispensable la acción inmediata de la Municipalidad adoptando el procedimiento de regularización de créditos presupuestarios previsto en el mismo";
Que de lo dispuesto por el referenciado artículo y de acuerdo a lo resuelto por el Honorable Tribunal de Cuentas, el 02 de julio de 2009 en marco de la emergencia sanitaria, se advierte que la normativa vigente permite al Intendente ante situaciones de emergencia efectuar gastos sin la correspondiente autorización presupuestaria; Que por tal motivo se infiere que a los efectos de no impedir la inmediata intervención de la comuna pueden obviarse las modalidades de contratación habituales – concurso de precios y licitaciones -, posibilitando con ello la adquisición directa de bienes y servicios indispensables y urgentes;
Que a fojas 40 a 42 obra copia fiel del Dictamen Legal el cual expresa: "...Por todo lo expuesto, entiendo que los funcionarios requirentes de los suministros y el Departamento Compras deberán analizar y disponer cual de estas herramientas que ofrece la Ley Orgánica de las Municipalidades y permite la Doctrina del H. Tribunal de Cuentas resulta la más adecuada para fundar cada una de las contrataciones directas que realice excepcionalmente en el marco de la emergencia declarada.";
Que a fojas 43 el Departamento Compras sugiere se proceda a la confección del Decreto de Adjudicación por la contratación del servicio de alquiler de equipos viales para el traslado desde puntos de acopios temporales hacia puntos de acopio finales, a favor de la firma INGENIERA Y ARQUITECTURA S.R.L (Proveedor Nº 5425) Item Nº 1 correspondiente a la contratación del servicio de 1500 horas de alquiler de equipos viales para el traslado desde puntos de acopios temporales hacia los puntos de acopios finales, según detalles especificados el pedido de cotización Nº 1524, por un importe de PESOS OCHENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($82.500.000.-) y el Item Nº 2 correspondiente a la contratación del servicio de 800 horas de alquiler de equipos viales para el traslado de puntos de acopio temporales hacia puntos de acopio finales, según detalle especificados en el pedido de contratación Nº 1524 por un importe total de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES ($44.000.000.-);
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTICULO 1º).- Adjudicase a INGENIERÍA Y ARQUITECTURA (Proveedor N°5425) el Item Nº 1, correspondiente al servicio de 1500 horas de alquiler de camión batea para el traslado desde puntos de acopios temporales hacia los puntos de acopios finales por un importe de PESOS OCHENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($82.500.000.-), y el Item Nº 2 correspondiente al servicio de 800 horas de alquiler de pala cargadora para el traslado desde puntos de acopios temporales hacia los puntos de acopios finales por un importe de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES ($44.000.000.-), ambos Items para intervenir en barrios de las delegaciones: centro, altos, sesquicentenario, noroeste y villa harding green. Total de la presente contratación: PESOS CIENTO VEINTISÉIS MILLONES QUINIENTOS MIL ($126.500.000.-)
ARTICULO 2º).- Refréndese el presente Decreto por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.
ARTICULO 3º).- Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota Departamento de Compras y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHIVESE