Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 791
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 12/03/2024
VISTO el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la Redeterminación de Precios Provisoria correspondiente al CERTIFICADO N°3 de la obra: "CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA Y BADÉN - ETAPA 2 - CALLES DEL BARRIOS NUEVA BELGRANO, LATINO Y VILLA IRUPE", adjudicada a la empresa OBRAS ABEDUL S.R.L. mediante Decreto Nº245/2023; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 y 2 vta. el Departamento Vialidad informa que por Ordenanza N°20.986 la Municipalidad de Bahía Blanca adhiere al Decreto 290/2021 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, que regula el sistema de redeterminaciones de precios en contratos de Obra Pública. Que la Fecha de Licitación - Mes Base fue Enero 2023; la Fecha del Contrato fue el 28/02/2023; Acta de Replanteo fue el 03/07/2023 y con un Plazo de Obra de 12 meses.-
Que el Departamento Técnico ha analizado la presentación de la redeterminación de precios Provisoria de la empresa OBRAS ABEDUL S.R.L., la cual fue presentada en los plazos legales previstos por la Ordenanza N°20.986. Asimismo, se constató que el avance de obra se encuentra dentro de los parámetros dispuestos por el Art. 9° habiéndose alcanzado el 90% del avance de obra proyectado, aprobado y acumulado.-
Que al CERTIFICADO N°3 se le realiza el análisis con los índices correspondientes al mes de SEPTIEMBRE 2023, el cual es el Mes de Ejecución de los trabajos; la Fecha de Publicación de los índices SEPTIEMBRE 2023 fue el 30/10/2023; la Fecha de Presentación de la empresa 02/11/2023, Porcentaje de Avance con respecto a la curva de inversión es del 11,95%, el Porcentaje de la curva alcanzada es de 21,87%.
Que el Importe del Certificado Redeterminado del CERTIFICADO N°3 es de $8.913.617,39, que el importe Certificado Base N°3 es de $4.947.062,60, la Diferencia del Importe del Certificado N°3 es de $3.966.554,79, la Deducción por Anticipo Financiero es de $-793.310,96, por lo tanto la Diferencia a abonar por el Certificado N°3 es de $3.173.243,83.-
Que el incremento en porcentaje del CERTIFICADO N°3 redeterminado respecto al certificado N°3 a valores de contrato es de 80,18%.
Que el Departamento Técnico informa que la empresa ha solicitado la redeterminación del CERTIFICADO N°3 utilizando los índices provisorios obtenidos del Excel de "índice del costo de la construcción (ICC) Octubre 2023"con fecha 16-11-2023.
Que el Departamento de Vialidad sugiere que se apruebe la redeterminación provisoria del CERTIFICADO N° 3, por un monto de PESOS TRES MILLONES CIENTO SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES CON OCHENTA Y TRES ($3.173.243,83.-)
Que así mismo, la Oficina Técnica considera que debería remitirse el presente acto al Secretario de Economía para su aprobación.
Que a fojas 41 el informe de la asesora letrada de ésta Secretaría manifiesta que "... Atento a lo señalado por la Oficina Técnica a través de la Ordenanza Nº 20986 Municipio de Bahía Blanca se adhiere al Decreto Provincial Nº 290/2021.
Es importante aclarar, que el análisis que efectúa esta asesoría, es de neto corte legal, quedando bajo la órbita de cada Departamento Técnico la evaluación técnica de la petición ejecutada por la contratista.
En tal sentido dejo constancia, que el análisis deberá ajustarse a lo establecido por la ordenanza nombrada, respecto a los plazos previstos. En este caso entiendo que cumple con la normativa citada encontrándose presentado dentro de los plazos legales dispuestos por el art 12 inc. a.
Que no encontrando observaciones que realizar, considero que el pedido debe aprobarse."
Que a fs. 45, el Departamento Vialidad aclara que realizó la redeterminación utilizando la Publicación Oficial de los índices de INDEC correspondientes al mes de Septiembre con fecha de publicación el 30 de Octubre.-
Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surgen que corresponde aprobar la redeterminación de precios provisoria del CERTIFICADO N°3 de la obra: "CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA Y BADÉN - ETAPA 2 - CALLES DEL BARRIOS NUEVA BELGRANO, LATINO Y VILLA IRUPE", el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Aprobar la Redeterminación Provisoria de Precios del CERTIFICADO N°3 de la obra: "CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA Y BADÉN - ETAPA 2 - CALLES DEL BARRIOS NUEVA BELGRANO, LATINO Y VILLA IRUPE", por un monto total de PESOS TRES MILLONES CIENTO SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES CON OCHENTA Y TRES ($3.173.243,83.-), en un todo de acuerdo con los considerandos y antecedentes obrantes en el Expediente N°417R-819-2024.-
ARTÍCULO 2º: Para el pago de la redeterminación provisoria de precios deberán estar cumplidos los requisitos del Artículo N°16 de la Ordenanza N°20.986.-
ARTÍCULO 3º: Encomendar a la Oficina Técnica a cumplir en el momento correspondiente con lo establecido en los Artículos 18, 19 y 20 de la Ordenanza N° 20.986.-
ARTÍCULO 4º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0. del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTÍCULO 5º: Refrende el presente Decreto el Sr. Secretario de Economía.-
ARTÍCULO 6º: Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la correspondiente Orden de Compra; tome nota el Departamento Vialidad y notifíquese a la empresa interesada a través del mencionado Departamento; incorpórese copia del presente Decreto al expediente 417R-7697-2022 C/ 417R-807-2023. Cumplido ARCHÍVESE.-