Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 17
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 07/03/2024
Visto las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud realizada a fs. 1 con el fin de encomendar la función de Jefe de División de la Subsecretaria de Coordinación de las Delegaciones y oficina de Coordinación de Cooperativas a la agente Jesica Belén Cendra, legajo N° 14.998.
Que mediante Decreto Nº 4957/2023 y producto del inicio de un nuevo gobierno democrático se creó
la Subsecretaria de Coordinación de Delegaciones, incorporando por Decreto 5004/2023 a esta Subsecretaria la oficina de Coordinación de Cooperativas.
Que dada la complejidad de las temáticas que devendrán en la mencionada área, es fundamental contar con un responsable de la misma que posea la experiencia para poder brindar respuestas, asesoramiento y asistencia en materia administrativa municipal; y teniendo el cuenta el informe elevado por la Dirección General de Capital Humano a fs. 2 y la imputación de la Subdirección de Presupuesto y de Contaduría General a fs. 2 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
ARTÍCULO 1º: Encomendar a la agente Jesica Belén Cendra, legajo N° 14.998, la función de Jefe de División de la Subsecretaria de Coordinación de las Delegaciones y Oficina de Coordinación de Cooperativas, manteniendo su categoría efectiva, y su jornada ampliada de cuarenta (40) horas, abonándole la diferencia entre su categoría de revista actual 04/1A.03, y la categoría 02/3B.03, y la correspondiente bonificación Remunerativa por Función jerárquica del 28% según Art. N°6 del Decreto 550/2023 (modificatoria del decreto 1400/09), en virtud de las tareas encomendadas y de acuerdo a lo establecido en el Art. 275° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, a partir del día de su notificación, y hasta el 30 de junio del 2024.-
ARTÍCULO 2º)- Déjase constancia que durante el período en que se encomienda la función, si la agente Jesica Belén Cendra, legajo N° 14.998, hace uso de licencia alguna dejará de percibir la diferencia de categoría hasta tanto dure su ausencia, abonándosele la diferencia de cargo al agente reemplazante.
ARTÍCULO 3º: El presente gasto deberá imputarse a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos Vigente: Fuente. 110, Jurisdicción. 1110104000, Cat. Prog. 01.01, Gasto. 1.1.1.4. y 1.1.3.3.
ARTÍCULO 4º: Cúmplase, notifíquese, tome nota el Departamento Administración del Personal, Dirección General de Capital Humano, Contaduría General, dése al R.O.; RESÉRVESE.-