Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº21714

Ordenanza Nº 21714

Bahia Blanca, 07/03/2024

VISTO

 

El proyecto de Ordenanza obrante a fojas 10 referido al reconocimiento de los servicios prestados como personal becario en la Municipalidad de Bahía Blanca por la agente Erica Noelia Gutiérrez Legajo 13.398 dependiente de la Dirección Adjunta de Ordenamiento Forestal Urbano (Oficina 419), en el periodo comprendido desde el 1 de marzo de 2003 al 30 de junio de 2006, correspondiéndole el pago de las diferencias salariales de dos años anteriores a la fecha de la solicitud, de la Bonificación por Antigüedad; y

 

CONSIDERANDO

 

Que a fojas 7 y 8 obra informe y liquidación pertinente del Departamento Administración de Personal, asimismo, también cuenta con la intervención de la subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fojas 8 vta. y 9.

 

Que a fojas 5 obra Resolución N° 658/2023 reconociendo lo solicitado por la agente Erica Noelia Gutiérrez DNI: 23.209.606, Legajo N° 13.398, dependiente de la Dirección Adjunta de Ordenamiento Forestal Urbano (Oficina 419), por el término de tres (3) años, cuatro (4) meses, reconociendo los servicios desempeñados como becaria.

 

Que el reconocimiento realizado mediante la mencionada Resolución se efectúa a partir de la fecha de interposición de reclamo por parte de la gente interesada, 20 de octubre de 2023, y al solo efecto de la percepción de la bonificación por antigüedad y el usufructo de la licencia anual ordinaria dejando expresa constancia que quedara exclusivamente a cargo de la agente la realización de los trámites pertinentes por ante el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS) a los fines de la obtención de reconocimiento de servicios en el ámbito previsional.

 

Por lo tanto, el pago del beneficio otorgado de la Bonificación por Antigüedad será aplicando el 1% sobre su sueldo básico sobre la totalidad de los servicios, esto en concordancia con lo establecido en la Ordenanza 18.008 y el Decreto Reglamentario 3.855/2014.

 

Que a fojas 7 y 8 el Departamento de Administración de Personal informa y adjunta detalle del monto que asciende a la suma de $ 53.620,22 (cincuenta y tres mil seiscientos veinte pesos con veintidós centavos).

 

Que a fojas 9 el Sr. Contador General informa que el gasto correspondiente al periodo mencionado, motivo de las presentes actuaciones, no se encuentra contemplado en el ejercicio económico 2021 y 2022 por lo cual no esta incluido en la Deuda Flotante.


Que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Contabilidad y el artículo 54 del Decreto N° 2980, el H. Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1° - Autorízase al Departamento Ejecutivo a través del Departamento Administración de Personal, a abonar a la agente Erica Noelia Gutiérrez Legajo 13.398 dependiente de la Dirección Adjunta de Ordenamiento Forestal Urbano (Oficina 419) las diferencias salariales no prescriptas dispuestas en el Artículo 4° de la Resolución N° 658/2023 que surgen del reconocimiento de servicios desempeñados como personal becario de la Municipalidad de Bahía Blanca conforme al cálculo efectuado y que consta agregado a fojas 7 y 8 del expediente N° 0/00-9911-2023 (15-HCD-2024).

 

Artículo 2° - El gasto que demande lo dispuesto en el artículo anterior  correspondía en su año de origen a las partidas 1131, 1140,1161 1162, Fuente de Financiamiento 110, Jurisdicción 1110119000, Categoría Programática 010100 del Presupuesto de Gastos del año 2021 y 2022, debiéndose imputar en la deuda flotante del Presupuesto de Gastos vigente.

 

Artículo 3° - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.