Boletines/Bahia Blanca

Ordenanza Nº21710

Ordenanza Nº 21710

Bahia Blanca, 07/03/2024

VISTO

La presentación obrante a fojas 1 por la cual la agente Eve Luz Saavedra solicita el reconocimiento de los servicios prestados como Becaria; y

 

CONSIDERANDO

La Resolución 10/2023 dictada por el Departamento Ejecutivo por la que se dispone de reconocimiento de los servicios prestados y se dispone el pago de las diferencias salariales no prescriptas.

Que el artículo 140 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para municipalidades, expresa: “El Departamento Ejecutivo no podrá reconocer deudas de ejercicios anteriores no registradas en la contabilidad municipal, sin previa comprobación –hecha en expediente especial- de la legitimidad del derecho invocado por el acreedor. Cumplido este paso, para abonar la deuda deberá requerir y obtener autorización del Concejo.Por lo expuesto el H. Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de:

ORDENANZA

 

Artículo 1° - Autorízase al Departamento Ejecutivo en los términos del artículo 140 del Reglamento de Contabilidad a abonar a favor de la agente Eve Luz Saavedra, Legajo n° 15.292, las diferencias salariales no prescriptas que surgen del reconocimiento de antigüedad derivada de los servicios prestados en calidad de personal becario.


Artículo 2° - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su conocimiento y demás efectos.