Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº489

Decreto Nº 489

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 29/02/2024

Visto el pedido de adquisición, originado en la Subdirección de Capital Humano, dependiente de la Secretaría de Economía, para la contratación de servicios profesionales de un médico en la especialidad laboral, y;

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 5 obra nota de la Subdirectora de Capital Humano mediante la cual expresa: "Me dirijo a usted a fin de elevar a su consideración la continuidad por un período de tres meses de los servicios profesionales de un médico con especialidad laboral, preferentemente con experiencia en la administración pública municipal, a fin de seguir atendiendo las funciones más específicas de la División de Salud Laboral, dependiente de ésta Subdirección de Capital Humano, en lo referente a: 1. Control y seguimiento de carpetas médicas en general, 2. Evaluación de patologias de carpetas médicas repetitivas y prolongadas, comunicación en caso de corresponder con los profesionales tratantes. 3. Evaluación y determinación de las carpetas medicas prolongadas que presenten condiciones para realizar el trámite jubilatorio (juntas médicas por incapacidad) 4. Participación en las juntas medicas según lo establece CCT y todas aquellas que se consideren necesarias. 5. Evaluación de los exámenes pre ocupacionales y determinar aptitud. 6. Participar en todas aquellas situaciones de la competencia profesional en la que fuera solicitado. Atento a que no se cuenta con personal municipal disponible con la formación requerida, sumado a la dedicación que insumen las tareas a realizar en el marco de un proyecto especifico para mejorar la gestión, es que se solicita la contratación. En razón de lo expuesto, dicho servicio será efectuado cumplimentando un total de 25 horas semanales, que estipula como período de contratación desde el 01 de marzo al 31 de mayo de 2024...";

Que a fojas 6 obra Solicitud de Declaración de Incompetencia por parte de la Subdirección de Capital Humano, en la cual informa que la presente contratación es de CARACTER excepcional y/o extraordinario, NO REPRESENTANDO LAS TAREAS A CONTRATAR SERVICIOS ORDINARIOS, HABITUALES NI GENERALES A CARGO DE ESTA COMUNA, debido a que la municipalidad no cuenta con profesionales idóneos para cumplir con el perfil requerido por esta Subdirección de Capital Humano, por lo tanto no puede ocupar en la actividad a dicho personal, ya que afectaría el funcionamiento de las tareas para las cuales los mismo cumplen funciones; 

Que a fojas 7 obra Declaración de Incompetencia por parte del Secretario de Salud, en la cual manifiesta que: "La Secretaría de Salud declara la incompetencia para realizar el control y seguimiento de carpetas médicas en general, la evaluación de patologías de carpetas médicas repetitivas y prolongadas, la comunicación en caso de corresponder con los profesionales tratantes, la evaluación y determinación de las carpetas médicas prolongadas que presenten condiciones para realizar el trámite jubilatorio (juntas médicas por incapacidad), participación en las juntas médicas según lo establece CCT y todas aquellas que se consideren necesarias, evaluación de los exámenes pre ocupacionales y determinar aptitud, y participar en todas aquellas situaciones de la competencia profesional en la que fuera solicitado, atento que el personal profesional médico con que cuenta esta Agencia es estrictamente el necesario para cumplir con las demandas actuales. La especialidad requerida para las tareas a cubrir es la de medicina laboral...";

Que a fojas 11 obra Acta de Selección realizada a través de la Subdirección de Capital Humano, mediante la cual se evaluó los antecedentes y experiencia de las postulantes Cynthia Lorena Maico, Rubén Héctor Banderet y Luis Emmanuel Rojas, resultando acorde la selección de Rubén Héctor Banderet, DNI N° 12.971.467;

Por todo lo expuesto el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades

DECRETA

ARTICULO 1°) Declárese la incompetencia en la órbita de la oficina de Subdirección de Capital Humano y la Secretaria de Salud, por no contar con disponibilidad de profesionales con la experiencia y estudios necesarios para desempeñar toda tarea relacionada con los servicios profesionales de un médico laboral de la División de Salud Laboral.-

ARTICULO 2°) Adjudíquese al Sr. BANDERET RUBEN HECTOR, DNI Nº12.971.467, la prestación del servicio médico para desempeñar toda tarea relacionada con los servicios profesionales de un médico laboral en lo referente a: Control y seguimiento de carpetas médicas en general; Evaluación de patologías de carpetas médicas repetitivas y prolongadas, comunicación en caso de corresponder con los profesionales tratantes; Evaluación y determinación de las carpetas medicas prolongadas que presenten condiciones para realizar el trámite jubilatorio (juntas médicas por incapacidad); Participación en las juntas medicas según lo establece CCT y todas aquellas que se consideren necesarias; Evaluación de los exámenes pre ocupacionales y determinar aptitud; y Participar en todas aquellas situaciones de la competencia profesional en la que fuera solicitado,  en el período comprendido entre el 01 de marzo y el 31 de mayo del 2024, por un total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA MIL ($1.230.000), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.

ARTICULO 3°) Cúmplase. Notifíquese. Dese al R.O. Tome nota a sus efectos la Oficina de Compras, Contaduría General y Secretaría Privada; hecho: ARCHIVESE.