Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 628
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 29/02/2024
Visto el Pedido de Adquisición Nº 959 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales para desempeñar tareas como Operador de Calle dentro del Proyecto Foro de Adolescentes y;
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la prestación de servicios técnicos y profesionales de un Operador de Calle, con el objeto de generar herramientas que sirvan como puentes entre las instituciones y organizaciones que actúan diariamente en la zona, promover la participación de niños, niñas y adolescentes en espacios formales e informales donde puedan vincularse con opciones educativas, artísticas, deportivas y/o recreativas, detección de niños, niñas y adolescentes en situaciones de vulnerabilidad y canalización de los mismos efectores para la restitución de derechos;
Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia suscripta por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, ya que los servicios requeridos no pueden ser cubiertos por personal de planta municipal;
Que se realizó el correspondiente procedimiento de selección de personal, según corre en suministro 9514/2023, de la cual surge la selección de la Sra. Miranda Lucia, D.N.I. 36.327.627, quien cumple satisfactoriamente con las tareas asignadas
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, teniendo en cuenta que no existe personal de planta municipal disponible para llevar adelante la tarea requerida.
SEGUNDO: Adjudíquese a la Sra. Miranda Lucia, D.N.I. 36.327.627, la prestación de servicios técnicos y profesionales como operadora de calle para formar parte del Proyecto Foro de Adolescentes, a partir del 01 de Marzo y hasta el 31 de Mayo del 2024, y por la suma total de pesos seiscientos sesenta mil ($660.000.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Refrende el presente Decreto el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.
CUARTO:Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia.
QUINTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.