Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 115
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 21/03/2024
VISTO el presente expediente iniciado como ALCANCE 1 del expediente 415R-2939-2022, por el cual se tramita la aplicación de una multa por incumplimiento de plazos de contrato, por parte de la Empresa PEINADO LUIS ALBERTO., adjudicataria de la obra “PROVISION DE LA RED DE GAS NATURAL CALLE RAWSON DEL 2700 AL 2800 ( VEREDA PAR) ENTRE MISIONEROS Y GUARDIA VIEJA", por Decreto Nº 2001/2023 y:
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 consta informe del Departamento Electricidad y Mecánica, señalando que la obra se encuentra con su plazo de ejecución de obra vencido, ya que de acuerdo a la fecha del Acta de Replanteo realizada el día 7 de Julio de 2023 y teniendo en cuenta que la obra tiene un plazo de ejecución de 90 días corridos, la fecha de finalización tendría que haber sido el día 4 de Octubre de 2023.
Que de acuerdo a lo señalado a fojas 14 por la oficina técnica, la obra se inspeccionó desde el acta de replanteo, manteniendo constante comunicación con la contratista vía email, personalmente y/o por teléfono, respecto a la exigencia del inicio de la obra; al no recibir respuesta alguna, se intimó mediante Ordenes de Servicios. Cabe aclarar que la obra de referencia no tuvo ampliación de plazo, debido a que las demoras ocasionadas son imputables a la contratista.
Que por medio de las Ordenes N°1,2 y 3 se le advirtió a la empresa que al no iniciar la obra y que al no colocar el cartel de obra se le aplicarían las multas que establece el Pliego de Bases y Condiciones.
Que la empresa a fojas 8, con fecha 3 de Octubre de 2023, contesta la Orden de Servicio N°2 solicitando una suspensión o extensión del plazo de obra ya que por demoras de gestiones relacionadas a las interferencias de la empresa prestataria, Camuzzi, sumada a la complicación de la compra de caños y materiales, lo cual no es inmediato, generó que sea inviable el comienzo de la obra en cuestión a los 10/15 días de haber firmado el contrato. Por otro lado, la contratista, agrega que el cartel de obra se va a colocar a la brevedad.
Que por Orden de Servicio N°3 de fecha 4 de Octubre 2023, se notifica a la empresa, que el plazo de obra se encuentra finalizado, incumpliendo el 100% del plan de trabajo en la vía pública, también se le notifica a la contratista que se deducirá del certificado de obra los días que correspondan por multa de acuerdo a lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones. Asimismo con respecto al cartel de obra, no ha sido colocado desestimando así, la Orden de Servicio N° 1 y 2.
Que el 16 de Octubre 2023 la empresa coloca el cartel de obra y teniendo en cuenta que se lo intimó para su colocación mediante Orden de Servicio N°1, con un plazo de 72 horas desde el 11 de Septiembre de 2023, éste departamento calcula que hubo una demora de 33 días en cumplimiento de dicha orden.
Que la oficina técnica informa que la empresa contratista fue notificada mediante Orden de Servicio Nº 6 los días de atraso en el inicio y en la finalización de la obra y en consecuencia el cobro de multa, otorgándole así un plazo de 72 horas para su descargo, no obteniendo respuesta alguna.
Que la obra fue iniciada el 14 de Noviembre de 2023, por lo cual hubo una demora en el inicio de la obra de 131 días, ya que la obra fue finalizada el día 10 de Enero de 2024, habiendo transcurrido 98 días de demora desde la fecha de finalización del plazo contractual de obra.
Que dadas estas condiciones y lo establecido por los Artículos N° 46º, 63º, 64º y 89º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, para la contratación de Obras Públicas de la Municipalidad de Bahía Blanca, se deberá aplicar una Multa por Mora en inicio de los trabajos equivalente a cero con treinta y tres decimos por mil (0,33%0) del monto del Contrato por cada día de atraso en la iniciación, como también así aplicar una multa por mora en la finalización de los trabajos, equivalente a cero con treinta y tres decimos por mil (0,33%0) del monto del Contrato. Asimismo, aplicar multa por mora en el incumplimiento de las ordenes de servicios equivalente a cero con diez decimos por mil (0,10%0) del monto del contrato por cada día de incumplimiento de la Orden de Servicio N°1.
Que los porcentajes de multa son 229 días x 0,33%0/ día =75,57%0 ( setenta y cinco con cincuenta y siete decimos por mil) más 33 días x 1,10%0/ día = 3,3%0 (tres coma tres decimos por mil); siendo el total del porcentaje de multa de 78,87%0 ( setenta y ocho con ochenta y siete decimos por mil). El monto del contrato es de $4.605.225,00; el monto de la multa debe ser de $4.605.225,00 x 78,87%0= $363.214,10 ( pesos trescientos sesenta y tres mil doscientos catorce con diez centavos).
Que de acuerdo a lo indicado en el articulo 90º del pliego Único de Bases y Condiciones Generales para Contratación de Obra Pública, se sugiere se lo otorguen 3 (tres) días a la contratista para que salde el monto de la multa, el cual tendrá que ser depositado en una cuenta a nombre del Municipio de Bahía Blanca. De no saldar el monto de la multa en el plazo anteriormente estipulado, se deducirá la misma del certificado final de la obra.
Que de acuerdo al informe técnico, surge que será la Superioridad la encargada de analizar y dictaminar desde el punto de vista legal, si se deberá aplicar o no lo estipulado en los artículos antes mencionados para dicha obra, sugiriendo se aplique dicha multa.
Que a fojas 2 consta dictamen legal, del que surge que en el Pliego de Bases y Condiciones como en el contrato de Obra Pública celebrado, se prevé la potestad sancionatoria del comitente, frente a los incumplimientos de la parte contratista. La Asesora Letrada dictamina que conforme el artículo 89º inciso b) del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales es viable la aplicación de la multa establecida. De acuerdo con las obligaciones del Contratista en el marco de los artículos 63º y 64º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, encontrándose acreditado el incumplimiento por parte de ésta.
Que a fojas 12/13 se informa el numero de cuenta, CBU y Recurso donde se deberán ingresar los fondos provenientes del pago de la multa aplicada a la Empresa Contratista .
Por ello; atento lo sugerido por el Departamento Electricidad y Mecánica; lo dictaminado por el área legal de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de fojas 2 y 15 y compartiendo el mismo criterio a fojas 15 vta. la Subsecretaria Legal y Técnica, de acuerdo a lo establecido en el Contrato de Obra, en su ARTICULO 15º ítem a) PENALIDADES inc.2.- Multa por mora en el cumplimiento de sus obligaciones; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Aplícase a la Empresa PEINADO LUIS ALBERTO, adjudicataria de la obra “PROVISION DE LA RED DE GAS NATURAL CALLE RAWSON DEL 2700 AL 2800 (VEREDA PAR) ENTRE MISIONEROS Y GUARDIA VIEJA", una multa de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CATORCE CON DIEZ CENTAVOS ($363.214,10.-) correspondiente a DOSCIENTOS SESENTA Y DOS (262) días de atraso en el vencimiento del plazo contractual, de acuerdo a lo dispuesto en el ARTICULO 15º ítem a) PENALIDADES, inc.2.-Multa por mora en el cumplimiento de su plazo, del contrato de obra y Artículo 64° y 89° inciso b del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.-
ARTICULO 2º: Intímese al Contratista, de acuerdo con lo estipulado en el articulo 90º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales a abonar el monto de la multa aplicada en el articulo 1º de la presente, en el plazo de tres (3) días hábiles y acompañar al presente el comprobante del pago. Dicho monto deberá depositarse en la cuenta corriente del Banco Provincia de Buenos Aires, sucursal 6229 de Bahía Blanca, Numero de Cuenta 52720/6, Cuenta Corriente en pesos, CBU 0140305101622905272064, CUIT 30-99900209-5, imputándose dicho monto al RECURSO 12.6.01.00 Multa por Contravenciones. Vencido el plazo sin haber acompañado el comprobante de pago, podrá ser descontado del primer certificado que se extienda, de acuerdo a lo establecido por el articulo 90º citado.
ARTÍCULO 3º: Cúmplase; dése al R.O.; notifíquese a la empresa PEINADO LUIS ALBERTO, por medio de Cédula de Notificación a través de Asesoría Letrada y tomen conocimiento Contaduría General, Departamento Compras, Registro de Licitadores, Tesorería, Subdirección de Presupuesto y Departamento Electricidad y Mecánica.