Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 552/2024
Nueve de Julio, 16/04/2024
MATERIAL RECICLABLE - VENTA - AUTORIZACIÓN.
Visto
El Expediente EX-2024-00000226- -MUNINUE-MESAE#SAH.
Considerando
Que en el mismo se solicita autorización para la venta de materiales reciclables provenientes de la Planta Municipal de Separación de Residuos.
Que los residuos se consideran bienes y recursos municipales y su venta se encuentra regulada en los Artículos 159, 226 y 54 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Artículos 195 y 216 del Reglamento de Contabilidad.
Que mediante la Ordenanza Impositiva Nº 7132 en su artículo 47 inc. p) el Honorable Concejo Deliberante ha autorizado la venta del producido en la Planta de Separación de Residuos, estableciendo allí montos mínimos según cada tipo de material.
Que en virtud de los montos de venta y la legislación vigente, puede realizarse una venta directa.
Que en virtud de lo expuesto, debe dictarse el acto administrativo correspondiente.
Por ello, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA:
ARTICULO 1º: Autorízase la venta de materiales reciclables a RAVERTA CARLOS J., Cuit 20084272486, los siguientes materiales con su respectivo precio mínimo:
CARTÓN $ 220
PET CRISTAL $ 400
PET VERDE/AZUL $ 150
SOPLADO MEZCLADO/TUTI $ 360
SOPLADO AMARILLO $ 360
SOPLADO BLANCO $ 480
SOPLADO NATURAL $ 480
ALUMINIO LATA $ 650
CHATARRA $ 80
FILM $ 50
FILM SUCIO $ 35
PAPEL BLANCO $ 202
PAPEL DIARIO $ 102
PAPEL REVISTA $ 102
PET ACEITE $ 25
BAZAR $ 70
TAPITAS $ 80
ALUMINIO AEROSOL $ 850
ARPILLERA PLASTICA $ 20
CUCUZZA MARTA NIEVES - 27-11964594-3
VIDRIO $ 19
Los Kg. informados son aproximados en función de cantidad de fardos, resultando el peso definitivo al momento del retiro. EL comprador retirará el material con transporte propio y en un plazo no mayor a los diez (10) días.
ARTICULO 2º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Vivienda y Urbanismo.
ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda.