Boletines/Nueve de Julio

Ordenanza Nº7170/2024

Ordenanza Nº 7170/2024

Nueve de Julio, 11/04/2024

LOTE PROGRAMA “PLAN FAMILIA PROPIETARIA” - AUTORIZA A ESCRITURAR CON GRAVAMEN HIPOTECARIO: DALMA DOLORES MENDES. El  VISTO:

El expediente municipal Nº 4082-152/2021.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad al boleto de compraventa de fojas 46 del expediente referenciado en el Visto de la presente, resulta adjudicataria del lote identificado como Circunscripción XV, Sección B, Chacra 173, Manzana 173w, Parcela 03 de 9 de Julio, la señora DALMA DOLORES MENDEZ (D.N.I. Nº 41.740.791).

Que a fojas 53/55 consta informe de obra con una construcción con un 53,5 % de avance y el señor Secretario de Vivienda y Urbanismo a fojas 56 considera cumplido el cargo de construcción.

Que a fojas 59/60 obra el informe social de los ocupantes de la vivienda, siendo habitada por la adjudicataria y su grupo familiar.

Que a fojas 62/63 del expediente la Dirección General de Ingresos Públicos adjunta el estado de deuda por reintegro de plan familia propietaria y a fojas 65 obra minuta contable a los fines de constituir hipoteca en primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio.

Que de conformidad al Artículo 54 y concordantes de la ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes de la Municipalidad.

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Autorízase a la Señora Intendente Municipal conjuntamente con la Escribanía General de Gobierno a extender la escritura traslativa de dominio del inmueble identificado catastralmente como Circunscripción XV, Sección B, Chacra 173, Manzana 173w, Parcela 03 de 9 de Julio perteneciente al Programa “Plan Familia Propietaria”, en favor de la señora DALMA DOLORES MENDEZ (D.N.I. Nº 41.740.791), con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio conforme el precio de venta de la vivienda.

ARTICULO 2º: Establézcase hipoteca de primer grado en favor de la Municipalidad de 9 de Julio, de conformidad a la siguiente minuta contable : - Precio de Venta sin interés al 04/07/2023: pesos trescientos treinta mil ($ 330.000). - Valor de las cuotas sin interés: pesos cinco mil quinientos ($ 5.500). - Cantidad de cuotas: sesenta (60). - Cuotas abonadas: cero (0). - Saldo hipotecario sin interés a enero de 2024: pesos trescientos treinta mil ($ 330.000). - Saldo hipotecario con interés a enero de 2024: pesos trescientos treinta y un mil ochocientos quince ($ 331.815).

ARTICULO 3º: Declárese de Interés Social en los términos del Artículo 4º inciso d) de la Ley 10.830 la escrituración de la venta del lote a favor de la beneficiaria procediéndose a su escrituración por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, autorizándose a escriturar el inmueble objeto de la presente con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio.

ARTÍCULO 4º: En la escritura deberá dejarse constancia que “la beneficiaria no podrá transferir el lote por el término de cinco (5) años, bajo condición resolutoria y que se compromete a que la construcción levantada en el terreno entregado será destinada a vivienda única y de ocupación permanente del grupo familiar. Su incumplimiento dará derecho a la revocación del dominio mediante retrocesión”.

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.