Boletines/Nueve de Julio

Ordenanza Nº7168/2024

Ordenanza Nº 7168/2024

Nueve de Julio, 11/04/2024

BARRIO PRONAPE 32 VIVIENDAS LOCALIDAD DE 9 DE JULIO - CASA Nº 24: MONJES VALERIA CAROLINA: AUTORIZACION PARA ESCRITURAR. ZA VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 4082-416/2009 Alcance Nº 24.

CONSIDERANDO:

Que a fojas 55 del expediente mencionado en el Visto de la presente consta Acta de Adjudicación de la Casa Nº 24 del Barrio PRONAPE “32 Viviendas” en favor de la señora Valeria Carolina Monjes y a fojas 64/65 el correspondiente boleto de compraventa de la vivienda.

Que a fojas 75/77 obra la encuesta social de los ocupantes de la vivienda, constando que en la misma reside la señora Monjes y su grupo familiar.

Que la Dirección de Ingresos Públicos a fojas 78/81 adjunta el estado de deuda de las cuotas por reintegro préstamo fondo permanente de vivienda y a fojas 82 adjunta la minuta contable para escriturar el inmueble con hipoteca. Que la Secretaría de Vivienda y Urbanismo adjunta a fojas 84/86 informe del estado de construcción de la vivienda y a fojas 86 el Señor Secretario de Vivienda y Urbanismo dictamina que se da por cumplido el cargo de edificación oportunamente impuesto. Que de conformidad al Artículo 54 y concordantes de la ley Orgánica de las Municipalidades corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar la venta de bienes de la Municipalidad.

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Autorízase a la Señora Intendente Municipal conjuntamente con la Escribanía General de Gobierno a extender la escritura traslativa de dominio del inmueble CASA Nº 24 (identificada catastralmente como Circunscripción XV, Sección B, Chacra 144, Manzana 144s, Parcela 8 – Partida Nº 38.462) del Barrio PRONAPE 32 Viviendas de la ciudad de 9 de Julio, en favor de la señora VALERIA CAROLINA MONJES (D.N.I. Nº 28.562.809), con gravamen hipotecario de primer grado a favor de la Municipalidad de 9 de Julio.

ARTICULO 2º: Establézcase hipoteca de primer grado en favor de la Municipalidad de 9 de Julio, de conformidad a la siguiente minuta contable : - Precio de Venta sin interés al 06/12/2023: pesos quinientos sesenta y tres mil quinientos cincuenta ($ 563.550). - Valor de las cuotas sin interés: pesos tres mil ciento treinta con 43/100 ($ 3.130,43). - Cantidad de cuotas: ciento ochenta (180). - Cuotas abonadas: cero (0). - Saldo hipotecario sin interés a diciembre de 2023: pesos quinientos sesenta y tres mil quinientos cincuenta ($ 563.550). - Saldo hipotecario con interés a diciembre de 2023: pesos quinientos sesenta y cinco mil setecientos treinta y siete con 43/100 ($ 565.737,43).

ARTICULO 3º: Declárese de Interés Social en los términos del Artículo 4º inciso d) de la Ley 10.830 la escrituración de la venta del lote a favor de la beneficiaria, procediéndose a su escrituración por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, autorizándose a escriturar el inmueble objeto de la presente libre de gravamen en virtud de haber sido saldado en su totalidad el precio de venta de la vivienda.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.