Boletines/San Andrés de Giles
Resolución Nº 005/24
San Andrés de Giles, 08/01/2024
Visto
El expediente nº 4101-18960/24, caratulados: LEMES GLADYS ESTER s/ Exención Impuesto Automotor, y
Considerando
Que a través de la misma solicita la exención en el pago del impuesto automotor del vehículo de su propiedad marca Renault Clio , dominio JCR 570., modelo 2010
Que funda su requerimiento, en la circunstancia que el citado vehículo se encuentra afectado al traslado exclusivo de su hijo menor de edad Santiago Samuel Herrera Lemes-.
Que la solicitante, no posee otro vehículo que goce de este beneficio.
Que, la eximición del pago del impuesto automotor, se encuentra contemplada en Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, en su art. 243, inc. f) exime de este tributo “…a los vehículos nuevos o usados, destinado al uso exclusivo de personas que padezcan una discapacidad tal que les dificulte su movilidad, impidiéndoles o entorpeciéndoles, severamente el uso de transporte colectivo de pasajeros, y que para su integración laboral, educacional, social o de salud recreativa requieran la utilización de un automotor; conducido por la misma, salvo en aquellos casos en que por la naturaleza y grado de la discapacidad, o por tratarse de un menor de edad discapacitado, la autoridad competente autorice el manejo del automotor por un tercero…”. Continua el mencionado artículo diciendo “… se reconocerá el beneficio.. cuando la unidad esté a nombre del discapacitado o afectado a su servicio; en este último caso el titular deberá se cónyuge, ascendiente…”
Que, habiendo cumplimentado la parte requirente con la documentación pertinente, y de los informes del Sr. Director de Recaudación y Asesora Legal, de los cuáles se desprende que corresponde acceder a lo requerido.
Por ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le son propias
R E S U E L V E
ARTICULO 1ro.:Exímir del pago del impuesto automotor a la Sra. GLADYS ESTER LEMES, por el vehículo de su propiedad marca Renault Clio , dominio JCR 570 , modelo 2010 a partir del día 01.01.2024 y hasta tanto subsistan las razones por las cuáles se otorgó el presente beneficio.
ARTICULO 2do.: Comuníquese a la Oficina de Sistemas, al peticionario, a la Dirección de Recaudación, regístrese y archívese.