Boletines/San Andrés de Giles

Decreto Nº0794/24

Decreto Nº 0794/24

San Andrés de Giles, 30/01/2024

Visto

El Expediente Administrativo Municipal  Nº 4101- 18.857-0-2023 : y

Considerando

Que las actuaciones contenidas en el mismo tiene su origen en la presentación formulada con fecha 20 de diciembre de 2023 por parte del señor Secretario de Obras y Servicios  Públicos de la Municipalidad , solicitando la rectificación del motor del Camión Ford 14.000  Nº interno 107 , Dominio CGT 676 afectado a los servicios del Centro de Logística de la Municipalidad,

                                         Que el señor Jefe de Compras ha indicado que el costo de la referida rectificación asciende a la suma total  de pesos Siete Millones Veinte Mil Doscientos Seis ($ 7.020.206)

                                                               Que ha intervenido en las actuaciones del expediente mencionado en el visto, la señora Contadora Municipal Interina, informando que en virtud de lo establecido en el Artículo 156  inc 6) de la Ley Orgánica de las Municipalidades la reparación de la unidad podrá realizarse mediante compra directa , procurándose que el precio cotizado resulte el más conveniente en el mercado,

                                             Que el artículo 156º del referido instrumento legal expresa textualmente: ARTICULO 156°: (Texto según Dec-Ley 9443/79) Con excepción a lo prescripto en el artículo 151° sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos: 1° Cuando se trate de artículos de venta exclusiva. 2° Cuando se compre a reparticiones oficiales nacionales, provinciales o municipales y a entidades en las que el Estado tenga participación mayoritaria. 3° La contratación de artistas o científicos y/o sus obras. 4° La publicidad oficial. 5° Cuando habiéndose realizado dos concursos de precios o licitaciones no hubieran recibido ofertas o las recibidas no fueren convenientes. La autorización del Concejo Deliberante será indispensable para decidir la compra directa después del fracaso de la licitación pública. 6° La reparación de motores, máquinas, automotores y aparatos en general. 7° La locación de inmuebles. 8° Los servicios periódicos de limpieza y mantenimiento de bienes para funcionamiento de las dependencias del Municipio o para prestaciones a cargo del mismo. 9° Trabajo de impresión. 10° Las adquisiciones de bienes de valor corriente en plaza en las condiciones comerciales de oferta más convenientes en el mercado, cualquiera sea su monto. Será responsabilidad del secretario del ramo y del contador municipal comprobar y certificar que la operación se encuadra en el nivel de precios y en las condiciones habituales del mercado. 11° (Texto según Ley 11.134) La compra de bienes y/o contratación de servicios producido por Talleres Protegidos y toda otra instancia protegida de producción debidamente habilitada, registrada y supervisada por el Ministerio de Acción Social o aquél que haga sus veces. (*) (*)

                                               Que el caso específico que nos ocupa se encuadra en el inciso 6º) del artículo 156º de la   L.O.M.

Por todo lo expresado, el Intendente Municipal en uso de las facultades legales que le son propias:

D E C R E T A

ARTICULO 1º:  Por los motivos explicitados en los considerando del presente acto administrativo, autorizar a las Areas Contables del Municipio a  instrumentar los mecanismos correspondientes para  realizar  a través de compra directa  la rectificación del motor del Camión Ford 14.000  Nº interno 107 , Dominio CGT 676 afectado a los servicios del Centro de Logística de la Municipalidad, por un monto total de pesos Siete Millones Veinte Mil Doscientos Seis ($ 7.020.206) , , conforme el presupuesto que se agrega a Fojas 4 del expediente Municipal Nº 4101- 18.857-0-2023

ARTICULO 2º: Autorízar a las áreas contables del Municipio a cancelar las erogaciones emergentes de lo dispuesto en el artículo precedente, a cuyo efecto las mencionadas áreas quedan facultadas para su registración y pago.

ARTICULO 3º: La imputación el gasto corresponde efectuarse en la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal

Jurisdicción                        1110100000        Departamento Ejecutivo

SubJurisdicción                1110105000 Secretaría de Obras y Servicios Públicos

Programa                           50           Prestación de Servicios en el Ejido Urbano

Actividad                           01            Mantenimiento y Conservación en el Ejido Urbano.     

Inciso                                     3 Servicios No Personales

Partida Principal            3  Mantenimiento, Reparación y Limpieza

Partida Parcial                   2   Mantenimiento ,Reparación de Vehículos    

ARTICULO 4º:Registrar, publicar y archivar.